Deconstruyendo y decolonizando el Derecho Internacional Público
DOI:
https://doi.org/10.24142/raju.v16n32a11Palabras clave:
Derecho Internacional Público, perspectiva decolonial, teorías feministas, deconstrucción, decolonizaciónResumen
El derecho internacional público es tan antiguo como la historia de nuestras sociedades; al respecto, entre los imperios y las civilizaciones indígenas se dieron una serie de tratados comerciales sobre el control militar, la justicia y la parte económica. No obstante, el nacimiento del derecho internacional público tiene un mito originario en la modernidad, la Paz de Westfalia, que data de 1648. A partir de esta se comienzan a crear los Estados en Europa que son los que establecen las bases jurídicas de este derecho; dicha construcción fue excluyente ya que solo tuvo en cuenta la cosmovisión del hombre blanco europeo, lo cual terminó siendo impuesto al resto del mundo. Es por esto que queremos plantear la necesidad de deconstruir y decolonizar el derecho internacional público, en primer lugar, exponiendo como ha sido la construcción de este tipo de derecho; en segundo, describiendo ciertas generalidades de los feminismos y la perspectiva decolonial, al igual que la relación que se puede tejer entre ambas, y por último, mostrando las razones por las que se debe emprender ese camino de la deconstrucción y decolonización, para poder construir un tipo de derecho no excluyente, no opresor y que no inhiba otras interpretaciones del mundo.
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