Constitucionalismo social y derechos del consumidor
Revisión legislativa entre Argentina y Colombia
DOI:
https://doi.org/10.24142/raju.v16n32a10Palabras clave:
Constitucionalismo Social, Derechos humanos, Consumidor, vulnerabilidad, Derecho ProtectorioResumen
El presente escrito describe al consumidor como el actor principal dentro de la sociedad capitalista occidental, éste no ha tenido el suficiente protagonismo dentro del derecho constitucional contemporáneo. Sus derechos apenas se reconocen de manera escalonada en las últimas dos décadas por normas de inferior jerarquía en la mayoría de los países latinoamericanos. Para conocer como nacieron los derechos del consumidor, se requiere hacer un recuento iniciando por una breve historia del surgimiento de los derechos individuales y sus garantías, y pronto con los antecedentes de la era industrial floreció a comienzos del siglo XX el Estado constitucional y democrático de derecho y con ello los derechos sociales y colectivos que dieron paso a los derechos de solidaridad (derechos de tercera generación). Para la segunda mitad del siglo XX el desarrollo tecnológico acrecienta las empresas, la producción a gran escala, masificada y estandarizada y con ello una nueva sociedad de consumo y un actor principal en la relación “el consumidor”. Pero éste es tratado de una manera despersonalizada por las condiciones del comercio, por la publicidad, la moda, los monopolios y otras prácticas menos respetuosas, creando condiciones de vulnerabilidad y desigualdad. Luego, se revisan los tratados internacionales sobre derechos humanos que versan sobre la protección al consumidor. Se comparan las constituciones de Argentina y Colombia sobre el tema examinando su desarrollo en busca de las normas que contienen la protección al consumidor y cuál de los países ofrece más garantías. Se analiza de manera particular la jurisprudencia constitucional colombiana, para concluir que existen falencias normativas que protejan al consumidor en el Estado Colombiano.
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