ARTÍCULO DE REFLEXIÓN
DOI: https://doi.org/10.24142/raju.v15n30a14

Revista Ratio Juris, Vol. 15 N.º 30 (Enero-Junio de 2020),
pp. 272-276 © UNAULA ISSN: 1794-6638 / ISSNe: 2619-4066


Reflexiones sobre el derecho y el juez algoritmo1


Reflections on the law and the algorithm judge


Reflexões sobre a lei e o juiz do algoritmo


Recibido: 20 de marzo de 2020 - Aceptado: 20 de abril de 2020 - Publicado: 30 de junio de 2020





Juan Esteban Aguirre-Espinosa ORCID

Abogado de la Universidad de San Buenaventura Seccional Medellín. Especialista en Derecho Tributario Internacional, Universidad Externado de Colombia. Magister en Ciencia Política. Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias políticas de la Universidad Católica Luis Amigó Doctorando en Derecho Económico y de la Empresa Universidad Iberoamericana de México. Docente e investigador Asociado Minciencias, adscrito al Programa de Derecho de la Universidad Católica Luis Amigo. Miembro del grupo de investigación Derecho, Justicia y Estado Social de Derecho, categorizado B. Por Colciencias. Ponente y conferencista Internacional. Email: aguirreespinosaesteban@gmail.com juan.aguirrees@amigo.edu.co



Resumen

El presente texto, no busca abarcar el impacto de las nuevas tecnologías en el ejercicio del Derecho en nuestro país, probablemente la tecnología puede llevar a la cristalización de ideas maravillosas para impartir justicia de manera pronta y oportuna, sin embargo se pueden avizorar ciertas amenazas y peligros en su implementación, cuando a nivel mundial se plantean métodos de solución de controversias virtuales y juzgados digitales mediante la inteligencia artificial, aquello que se pensaba por la humanidad en un futuro muy lejano, esta realidad toma fuerza en el sector justicia.

Palabras clave: Juez Digital – Revolución 4.0 – Administración de justicia.


Abstract

This text does not seek to cover the impact of new technologies on the practice of law in our country, technology can probably lead to the crystallization of wonderful ideas to deliver justice in a prompt and timely manner, however certain threats and dangers in its implementation, when at a global level virtual dispute resolution methods and digital courts are proposed through artificial intelligence, what was thought by humanity in the very distant future, this reality takes strength in the justice sector.

Key words: Digital Judge - Revolution 4.0 - Administration of justice.


Resumo

Este texto não procura cobrir o impacto das novas tecnologias sobre a prática da lei em nosso país. A tecnologia provavelmente pode levar à cristalização de idéias maravilhosas para oferecer justiça de maneira rápida e oportuna, por mais certas ameaças e perigos em sua implementação, quando, em nível global, métodos de resolução de disputas virtuais e tribunais digitais são propostos por meio da inteligência artificial, o que foi pensado pela humanidade em um futuro muito distante, essa realidade ganha força no setor da justiça.

Palavras-chave: Juiz Digital - Revolução 4.0 - Administração da justiça.




La cuarta revolución industrial.


“The world is a dangerous place, not because of those who do evil, but because of those who look on and do nothing.”
"La vida es muy peligrosa. No por las personas que hacen el mal, sino por las que se sientan a ver y no hacen nada"
A vida é muito perigosa. Não para as pessoas que praticam o mal, mas para as que se sentam para ver e não fazem nada "
(Einstein, 2012).

Las revoluciones industriales han llevado al hombre a adaptarse a cambios estructurales, en un primer inicio la máquina de vapor genero la industrialización, con el paso del tiempo, la electricidad genero grandes innovaciones con la producción en masa de gran variedad de electrodomésticos creando la sociedad del consumo, con la aparición del internet y la invención de las computadoras, la tecnología se convierte en un recurso clave para la gestión del conocimiento y el desarrollo de profesiones en el mercado laboral.

Quizás la mayor crisis de nuestro tiempo sea la del modelo de pensar, el cómo abordamos los problemas. Afrontar los retos del porvenir exige ver el mundo desde nuevas perspectivas. Con mente abierta, corazón y voluntad abiertos, para conectar con las posibilidades emergentes y hacerlas realidad (Scharmer, 2017).

Concurrimos entonces a la era de la cuarta revolución industrial, que transforma nuestra forma de vivir, de relacionarnos, comunicarnos, donde se eliminan las barreras físicas, desde los entornos digitales. Lo económico, lo social, lo político y lo educativo, giran de manera radical a una nueva concepción del mundo, replanteando el ejercicio de las profesiones liberales incluida la Abogacía y el ejercicio del Derecho.

En las Facultades de Derecho, la enseñanza y el aprendizaje se ha basado en el estudio del código, la norma jurídica, las teorías y el conceptualismo, aun predomina y se mantiene un modelo de enseñanza basado en la catedra magistral y la memorización de gran cantidad de información. Desconociéndose que se aprende solo aquello que realmente interesa o lo que nace producto de experiencias directas de aprendizaje.

Continuamos formando abogados con una visión formalista del Derecho, de espaldas a los retos y a los entornos que nos exige la nueva visión de mundo que se construye desde lo digital. El panorama es igual con nuestros jueces y operadores jurídicos.


La inteligencia artificial en el derecho.


La inteligencia artificial (IA) es la inteligencia llevada a cabo por máquinas. En ciencias de la computación, una máquina «inteligente» ideal es un agente flexible que percibe su entorno y lleva a cabo acciones que maximicen sus posibilidades de éxito en algún objetivo o tarea. (Poole, 2018)

Estonia, una antigua República Soviética a orillas del mar Báltico, probablemente es el Estado más avanzado en temas de tecnología, plantea la creación de jueces robot, mediante litigios en línea, China el gigante asiático, recientemente ha creado el tribunal de internet de Pekin, “La juez de inteligencia artificial ayudará a los jueces de la corte a completar el trabajo básico repetitivo, incluyendo la recepción de litigios basada en tecnologías inteligentes de síntesis de voz e imagen que permitirán a los profesionales poner toda su atención en los procesos judiciales” ¿Puede la justicia impartirse con base en un algoritmo?

La fusión de la infotecnologia y la biotecnología puede hacer que muy pronto miles de humanos queden por fuera del mercado de trabajo y socavar tanto la libertad como la igualdad. Los algoritmos de macrodatos pueden crear dictaduras digitales en la que todo poder este concentrado en las manos de una elite minúscula al tiempo que la mayor parte de la gente padezca no ya explotación, sino algo muchísimo peor: Irrelevancia. Harari, Yuval Noah; Spiegel & Grau (2018).

El panorama no es nada alentador, la inminente automatización del servicio público de justicia, el juez digital dictando sentencias desde el tenor literal de la ley llevada al algoritmo en macrodatos, desvirtúa la humanización de la justicia.

Norbert Hoerster en su texto en defensa del Positivismo jurídico sostiene, que los exponentes modernos más representativos del Iuspositivismo contemporáneo sustentan la vigencia de esta teoría en (5) tesis, que, en nuestras palabras, podrían llegar a defender el dogma positivista aplicable al juez algoritmo, las cuales se desarrollan brevemente:

  1. Tesis de la Ley: Según esta tesis, a través de la Ley se debe definir el concepto de derecho, la cual no desarrolla el concepto de derecho en su totalidad, puesto que, excluye el derecho consuetudinario y el Derecho Judicial o pretoriano.
  2. Tesis de la Neutralidad: Se debe prescindir de cualquier contenido adicional, para definir el concepto de derecho, el juez digital garantizaría la aplicación de la ley de manera imparcial.
  3. Tesis de la Subsunción: Se presenta en todos los casos, que la aplicación del derecho se puede llevar a cabo, por medio de una subsunción libre de valoraciones. conforme al silogismo jurídico aplicado mediante algoritmos al caso en concreto.
  4. Tesis del Subjetivismo: Para el autor es la fundamentación metafísica o la inclusión de criterios supra positivos en desarrollo de lo moralmente recto, para el derecho. Situación que quedaría desvirtuada con el juez digital.
  5. Tesis del Legalismo: Esta tesis establece la obligatoriedad de obediencia de las normas del derecho en todo momento, no es desarrollada, porque no resuelve el problema que se presenta cuando una norma es injusta “Unrecht”, aunado al hecho que la Ley no es la única fuente de calificación jurídica, control convencional y constitucional.

Es claro que necesitamos un sistema de justicia con mayor capacidad para resolver los conflictos que se generan en la sociedad, abogados y jueces que tengan excelente conocimiento del derecho vigente y de la tecnología para llegar al expediente digital como método de debate judicial distinto a el juez algoritmo, que descontamina el derecho de todo elemento social, histórico, económico, político y psicológico.

La práctica judicial exige replantear los métodos de antaño utilizados, con autoconciencia de la responsabilidad social y los retos que se generan para el siglo XXI desde el posible desplazamiento de la maquina a los seres humanos, los operadores jurídicos deben convertirse en gestores del cambio de las nuevas problemáticas sociales.

Las Universidades deben formar abogados con conocimientos teóricos, prácticos y tecnológicos que se apropien de las nuevas visiones del mundo, desde un rol propositivo y preventivo. De continuar con la enseñanza tradicional del Derecho, la profesión tiende a desaparecer, la tecnología cambiaria los paradigmas del derecho desde la aplicación autómata de este, si permitimos esa visión unificada, nos encontramos en un momento histórico donde el Derecho puede tener un papel protagónico o pasar a un segundo plano por un lenguaje de algoritmos.




Notas


1 Este trabajo se enmarca dentro de las líneas de trabajo trazadas por el curso Corrientes contemporáneas del Derecho, que se dicta en la maestría en Derecho de la Universidad Católica Luis Amigó. Cohorte (2)


Bibliografía


Einstein, Albert (2012) Albert Einstein Quotes – Humanity, Santa Monica, Albert Einstein Site Online. Consultado en: http://www.alberteinsteinsite.com/quotes/einsteinquotes.html

Harari, Yuval Noah (2018). 21 Lessons for the 21st Century. New York, Spiegel & Grau ISBN 9780525512172 consultado en: https://www.penguinrandomhouse.com/books/579741/21-lessons-for-the-21st-century-by-yuval-noah-harari/

Norbert Hoerster (2009) En Defensa del Positivismo Jurídico. España, Gedisa

Poole, David; Mackworth, Alan & Goebel, Randy (1999) Computational Intelligence: A Logical Approach, Nueva York: Oxford University Press. Consultado en: https://www.cs.ubc.ca/~poole/ci.html

Scharmer, C. O. (2017). Teoría U: Liderar desde el futuro a medida que emerge. Barcelona: Eleftheria.