ARTÍCULOS DE INVESTIGACIÓN
DOI: 10.24142/raju.v14n28a9

Revista Ratio Juris Vol. 14 N.º 28, 2019, pp. 253-286 © UNAULA


LA LUCHA POR LOS DERECHOS EN UN CONTEXTO LOCAL: REFLEXIONES SOBRE LOS RETOS METODOLÓGICOS EN UNA INVESTIGACIÓN SOCIOJURÍDICA*


THE STRUGGLE FOR HUMAN RIGHTS IN A LOCAL CONTEXT: REFLECTIONS ABOUT THE METHODOLOGICAL CHALLENGES IN A SOCIOLEGAL RESEARCH



Recibido: 20 de enero de 2018 - Aceptado: 15 de junio de 2019 - Publicado el: 30 de julio de 2019






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Julián Camilo Giraldo

Comunicador; Magíster en Derecho de la Universidad de Antioquia, Medellín; docente de la Corporación Universitaria Remington, Medellín, y la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia. ORCID: https://orcid.org/0000-0003-3895-382X, correo electrónico: julian.giraldo01@uniremington.edu.co.



Resumen

Como una alternativa a los enfoques teóricos jurídicos normalmente utilizados —como los legalistas o formalistas— para el análisis de fenómenos sociales en investigaciones sociojurídicas, en este artículo se expondrán los resultados de las reflexiones metodológicas y empíricas emanadas de una investigación cualitativa previa, en la que el autor empleó como estrategia metodológica “la observación en campo”, diferenciada de la genérica “observación participante”.
En dicha investigación se analizó el proceso de resistencia que lideraron tres organizaciones sociales que tienen su rango de acción en la periferia de la Comuna 8 de Medellín, por la reivindicación del derecho a la ciudad y al territorio para esta población, en medio de las obras que comprendieron la ejecución de uno de los proyectos bandera de la administración municipal de Aníbal Gaviria (2012-2015): el Cinturón Verde Metropolitano - Jardín Circunvalar. A través de este análisis se logró evidenciar una constante tensión entre lo local y lo global, y un trabajo mancomunado entre organizaciones de base social para resistir a una concepción hegemónica de la globalización y construir un derecho “desde abajo”.

Palabras clave: resistencia a la opresión, derechos humanos colectivos, comunidad, globalización.


Abstract

As an alternative to the legal theoretical approaches normally used by legalists or formalists for the analysis of social phenomena in socio-legal research, in this article, the results of the methodological and empirical reflections emanating from a previous qualitative investigation will be presented, in the that the author used as a methodological strategy “field observation”, differentiated from the generic “participant observation”. In this investigation, the resistance process led by three social organizations that have their range of action on the periphery of the Commune 8 of Medellín was analyzed for the claim of the right to the city and the territory for this population, in the midst of the works that included the execution of one of the flagship projects of the municipal administration of Aníbal Gaviria (2012-2015): the Metropolitan Green Belt - Circunvalar Garden. Through this analysis it was possible to demonstrate a constant tension between the local and the global and, a joint work between socially based organizations to resist a hegemonic conception of globalization and build a right “from below”.

Key words: resistance to oppression, collective human rights, community, globalization.





INTRODUCCIÓN


La globalización en curso ha transmutado los límites espacio temporales, ha difuminado las fronteras que, otrora, eran establecidas por los Estados y, además, es el germen de una serie de mutaciones en lo social, lo económico, lo político y lo jurídico. Dichos cambios se mueven con tal vértigo que alcanzan a dejar la sensación de que es inútil tratar de hacerle seguimiento a sus causas o consecuencias, o que, si se quisiera, al menos desde la investigación social, intentar comprender y explicar la complejidad de los procesos subyacentes obligaría a concentrar la mirada en los fenómenos “propios” de la globalización. No obstante, como bien lo ha mostrado Santos (2014), las prácticas que se conciben como “globales” son el triunfo de algún localismo dado, es decir, no existe ninguna condición del orden global que no tenga un origen local (fuente de algún arraigo cultural).

En igual sentido, es pertinente tener presente —en armonía con Santos (2014)— que la globalización no es un fenómeno monolítico, sino que la misma está compuesta por diferentes procesos contrapuestos, donde es apreciable que a la par de la globalización hegemónica —neoliberal— existen otras globalizaciones contrahegemónicas, conformadas por redes de cooperación de activistas, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y otros procesos conectados a resistencias locales en contra de los estragos del modelo económico globalizado, como son las luchas populares por la reivindicación de nuevos derechos diferentes a los liberales clásicos, donde la ciudad, el territorio, el agua, la naturaleza, etc. son reivindicados como derechos y bienes comunes (Amin y Houtart, 2004; Harvey, 2014 y Santos y Rodríguez, 2007).

En consecuencia, dar cuenta de los vínculos e interrelaciones que se presentan entre los procesos locales y globales, a través de prácticas exploratorias en donde se empleen metodologías flexibles y participativas, emerge como un reto deseable para las investigaciones sociojurídicas de corte crítico; esto como una alternativa para contribuir a la comprensión y explicación de nuevas dinámicas de solidaridad, diálogos e intercambios culturales Sur-Sur, conflictos, procesos de dominación y resistencia, etc. Mediante estos ejercicios se podrían identificar lecturas y usos diferenciados del derecho, el cual tomaría múltiples formas: como instrumento de dominación, como una herramienta estratégica de lucha empoderada por sujetos subalternos, como un escenario de encuentros y desencuentros, como medio de ejercicio de la violencia física y simbólica, como escenario de relaciones de fuerza y representaciones sociales, etc. (Fitzpatrick, 2011; Lemaitre, 2009 y Londoño, 2016).

Todo lo anterior sin ser ajenos a que el derecho, en el contexto de la globalización, es un campo en disputa, en el que se presentan constantes luchas entre miradas, perspectivas, discursos y agentes dotados de capital simbólico diferenciado, quienes combaten por establecer qué es el derecho, el alcance de sus disposiciones y principios, sus contenidos e interpretaciones “válidas”, etc. (Rodríguez, 2009; Bourdieu, 2000 y Fariñas, 2005). En este panorama, el estudioso que se interese por realizar una investigación sociojurídica queda expuesto a dos retos iniciales, los cuales van a tener implicaciones de fondo durante todo el proceso investigativo, es decir, desde la definición del proyecto hasta la ejecución, recolección de información y redacción del informe final, que son: la elección del enfoque epistemológico y, entre una amplia gama de posibilidades, definir un diseño metodológico que se adecúe a las necesidades del problema propuesto. Ambas decisiones políticas determinarán la pertinencia de los medios, las estrategias, las técnicas e instrumentos a elegir; incluso, permearán la forma en la que se registrarán los datos recolectados y en la que se presentarán los hallazgos. En la misma vía, significará una apertura o cerrará las posibilidades de encuentro de nuevas prácticas, realidades o posibilidades teóricas y empíricas, diálogos interdisciplinarios, etc., que pueden ser de interés para el derecho.

Por los anteriores motivos, resulta provocador para las investigaciones que se interesan por realizar análisis de los nuevos escenarios de lucha por el derecho, optar por un enfoque epistemológico crítico, construido “desde abajo”, es decir, de un derecho que no emana de los libros ni es el fruto exclusivo de la actividad del legislador o las autoridades jurisdiccionales, sino que yace de las prácticas, resistencias y reivindicaciones populares.

En todo caso, no cabe duda de que las necesidades sociales actuales requieren investigaciones que busquen conectar el derecho a contextos específicos que sean rigurosos pero flexibles, que signifiquen una apertura o diálogo interdisciplinar, que superen las discusiones netamente intrasistemáticas del derecho (Kelsen, 1960) —que tomen distancia de la concepción moderna del derecho que restringe al Estado (Capella, 2008)— y que vayan al campo a explorar, con mayor cercanía, las realidades y exigencias populares.1

En torno a lo metodológico, aunque se parte de la realidad de que en esencia muchas investigaciones jurídicas son reducidas a productos y hallazgos, no se puede perder de vista que estas son, ante todo, procesos y experiencias. Para el caso del derecho, un gran número de los productos derivados de indagaciones desarrolladas por juristas poco profundizan en las metodologías que emplean (Lopera, 2009 y Cruz, 2009), razón por la que se hace necesario generar más discusiones sobre las implicaciones éticas, teóricas y prácticas de la implementación de ciertos diseños metodológicos en investigaciones concretas; asunto que serviría de orientación a procesos similares y que sería un ejercicio fructífero a través del cual se podrían compartir vivencias, errores y experiencias aprendidas.2

Coherentes con lo anterior, en este artículo se propone establecer una discusión sobre las implicaciones del empleo de la “observación en campo” como estrategia metodológica de investigación, combinado con otras técnicas e instrumentos de rastreo, recolección y análisis de información, para el adelanto de investigaciones sociojurídicas en las que se analicen procesos sociales de lucha por derechos en medio de la hegemonía del modelo de desarrollo neoliberal.

Particularmente, para este ejercicio, se exponen las reflexiones metodológicas que emanaron de una investigación cualitativa en la que se analizó el proceso y las prácticas de resistencia que lideraron tres organizaciones sociales que tienen su rango de acción en la periferia de la Comuna 8 de Medellín:3 Ciudad Comuna, Mesa de Desplazados y Mesa de Servicios Públicos y de Vivienda de la Comuna 8; por la reivindicación del derecho a la ciudad y al territorio de esta población, en la coyuntura específica de las intervenciones y transformaciones urbanas ocurridas durante el gobierno de Aníbal Gaviria, específicamente las que comprendían la ejecución de uno de los proyectos bandera de la administración municipal, el Cinturón Verde Metropolitano (CVM).4

Es de resaltar que como justificación de estas transformaciones urbanas el gobierno local empleó un discurso de esperanza sobre la construcción de una “nueva Medellín” que pasaba del “miedo” a la “vida”,5 que necesitaba embellecerse para poder ser expuesta y competitiva dentro de un mercado mundial de destinos; un discurso de sospecha en el que se intentó masificar la idea de inequidad, ingobernabilidad y desorden de los barrios populares, los cuales necesitaban la intervención de la institucionalidad, puesto que, además de ser un foco de criminalidad y problemáticas sociales, estos habían cubierto “de cemento y ladrillo las verdes laderas, sin orden ni estética” (EDU, s. f., p. 1). Según esta versión, Medellín se ubicó como referente mundial por sus intervenciones urbanas, las cuales “cambiaron” las condiciones de vida de sus habitantes a la par de ciudades como Curitiba, Copenhague, Portland, Singapur o Barcelona (BID, EDU y Alcaldía de Medellín, 2014).

Por su parte, las tres organizaciones de la Comuna 8 ya referenciadas, con el apoyo de la comunidad, las ong, los colectivos de otras comunas, los activistas internacionales, los sectores académicos, entre otros, reclamaron su estatus como sujetos de derechos, muchos de ellos de especial protección por su condición de víctimas del conflicto armado interno, manifestando dentro de sus reclamos las críticas generales al modelo de desarrollo de ciudad y ordenamiento territorial, la lucha por los derechos a la vivienda, al mínimo vital, a los servicios públicos domiciliarios, etc.; todos estos congregados en dos denominaciones subalternas: el derecho a la ciudad y al territorio.

 

Figure 8.1 Reclamos populares y cuestionamientos al “modelo de desarrollo de Medellín” en la Comuna 8


Fuente: Ciudad Comuna (2014).

 

La relevancia académica y social del caso que se estudió radicó en dos asuntos principales. Primero, la necesidad de elaborar un trabajo empírico a través del cual se pudieran contrastar las versiones oficiales y las formas de intervención urbana de la administración municipal sobre la periferia de la ciudad, con las denuncias de los habitantes de los barrios populares y diferentes expresiones organizativas sobre violaciones de derechos de las instituciones del Estado local, rupturas en el hábitat y tejido social. Segundo, mostrar que a través de una experiencia local se pueden evidenciar los efectos negativos en los sectores populares de la materialización de políticas y proyectos del orden global, como la expansión del modelo de desarrollo neoliberal y los cambios espaciales para competir dentro de un mercado de ciudades (VV. AA., 2016; Franco, 2011 y Harvey, 2013). A través de este ejercicio fueron apreciables expresiones tanto hegemónicas como contrahegemónicas de los procesos de globalización (Santos y Rodríguez, 2007), intentos de dominación-resistencia y el empleo del discurso del derecho y los derechos desde racionalidades dispares. En consecuencia, las resistencias locales de este tipo se pueden explicar como reacciones al proyecto mundial de acumulación por desposesión de bienes públicos y valores de uso fundamentales por parte de privados, todo esto, bajo el beneplácito de actores estatales (Harvey, 2003).

Así las cosas, la investigación tomó como referentes teóricos algunos aportes de la sociología jurídica crítica (Santos, 2012; Wolkmer, 2003 y García y Rodríguez, 2003), la concepción del derecho como un campo en disputa (Bourdieu, 2000), aparejado con la concepción crítica sobre los derechos humanos (Herrera, 2008 y Sánchez, 2015) y el enfoque crítico-emancipatorio de la resistencia civil (Nieto, 2013).

Partiendo de estas consideraciones, en este artículo se expondrá, primero, un aparte general en el que se plantee una crítica al derecho moderno como un campo autónomo que se aleja de la realidad, y las implicaciones de la recepción de estas concepciones teorías e ideologías en América Latina; esto justificará la necesidad de formular estudios interdisciplinarios y trabajos empíricos a través de los cuales se muestre el derecho como un campo en disputa, en el que se lucha por sus usos, significados, interpretaciones y alcances en contextos determinados. Luego, se llevará a cabo una reflexión más específica en la que, centrado en el proceso de investigación, se presentará una discusión sobre los retos y consideraciones de la implementación de un diseño metodológico flexible para el desarrollo de una investigación sociojurídica.

 

MÁS ALLÁ DE LA TRADICIÓN JURÍDICA OCCIDENTAL Y DEL DERECHO MODERNO EN AMÉRICA LATINA

El encuentro entre lo nuevo y lo tradicional marcó el inicio de los proyectos republicanos en América Latina. Tanto el primer impulso independentista como los primeros años de la política latinoamericana estuvieron marcados por fuerzas conservadoras,6 y ligados a acontecimientos acaecidos De esta manera, el concepto de “modernidad jurídica”, posicionado en la realidad de las nuevas naciones del continente, se caracterizó por centrar el monopolio de la producción jurídica al Estado, es decir, de un derecho legislado, formalista, interpretado por tribunales, académicos y juristas prácticos, autónomo, racional, pleno, diferenciado de la política y alejado de la interpretación o apropiación de quien no fuera formado en la técnica jurídica (Capella, 2008; Bourdieu, 2000 y Santos, 2012).

De esta manera, el concepto de “modernidad jurídica”, posicionado en la realidad de las nuevas naciones del continente, se caracterizó por centrar el monopolio de la producción jurídica al Estado, es decir, de un derecho legislado, formalista, interpretado por tribunales, académicos y juristas prácticos, autónomo, racional, pleno, diferenciado de la política y alejado de la interpretación o apropiación de quien no fuera formado en la técnica jurídica (Capella, 2008; Bourdieu, 2000 y Santos, 2012).

No obstante, el trasplante del modelo de Estado legal de derecho europeo para esta parte del mundo, además de que no encontró en el contexto de recepción las condiciones particulares de su origen (García y Espinosa, 2013), obvió prácticas y tradiciones de los pueblos autóctonos, de forma que, mientras que se impusieron principios de ideología liberal como el de estricta legalidad, la separación de poderes, la autonomía de la judicatura, entre otros, fueron excluidas las miradas propias de los grupos étnicos originarios, sus formas de organización política, el orden consuetudinario a través del cual regulaban sus relaciones y dirimían sus controversias, etc.

La ley 89 de 1890, cuyo título fue: “Por la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada”, es un claro ejemplo del choque que representó la imposición de las nuevas ideas de “progreso”, “civilización”, “razón”, en detrimento de las cosmovisiones de los pueblos que habitaban con antelación a la colonia. De acuerdo con estas consideraciones, señala Valencia (2010):

La importación de instituciones constituye entonces la causa histórica del autoritarismo endémico del continente. Nuestro pecado original fue adoptar ideas, estructuras y normas ajenas e imponerlas a realidad mestiza e insumisa, que ha permanecido inestable y conflictiva hasta nuestros días en la medida en que sus condiciones materiales no encajan dentro de las formas imperantes del Estado y del derecho (p. 82).

Estas secuelas dejaron en América Latina una herida que ha sido el germen de importantes posturas críticas (Wolkmer, 2003; De la Torre, 2006; Sánchez, 2015; Santos, 2012 y García y Rodríguez, 2003), también han motivado movilizaciones populares de diferentes grupos sociales como campesinos, indígenas, movimientos urbanos, entre otros, quienes, en su lucha por conectar el derecho a su propia realidad, han debatido con técnicos los contenidos e interpretaciones del derecho y se han atrevido a nombrar, desde su propio sentir, las categorías que se emplean dentro del campo jurídico. Denominaciones como el derecho a la ciudad y al territorio, cuyo origen es popular, muestran cómo los sujetos populares participan tanto de la lucha interna (Bourdieu, 2000) como de la disputa externa —política— por el derecho, en donde, a través de la resistencia popular, combaten por la reivindicación de nuevos derechos necesarios para vivir dignamente en las ciudades y territorios populares (Zibechi, 2008; Harvey, 2013 y Nieto, 2013). Este concepto de dignidad no es universal sino local y diferenciado (Herrera, 2008 y Sánchez, 2015).

Los procesos constituyentes de Ecuador del 2008 y Bolivia del 2009 son una viva muestra de cómo la influencia de las movilizaciones populares de grupos campesinos e indígenas renovaron el interés del constituyente primario para que, en su carta fundamental, se incluyeran —además de los principios heredados de la ilustración europea—, otras construcciones propias de la filosofía andina, como los principios del buen vivir (sumak kawsay), la buena vida (suma qamaña), vida armoniosa (ñandereko), tierra sin mal (ivi maraei), el reconocimiento de la naturaleza —o Pachamama— como sujeto de derechos, entre otros cambios que son la expresión de un nuevo constitucionalismo latinoamericano con características propias (Uprimny, 2011 y Acosta y Martínez, 2011), o la refundación del Estado en América Latina (Santos, 2010).

En el marco internacional, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre el derecho de los pueblos indígenas y tribales de 1989, y en el derecho colombiano, los recientes adelantos jurisprudenciales que declararon al río Atrato y a la Amazonía como sujetos de derechos, son también logros importantes,7 materializados gracias a la labor de la población civil, quienes mediante el empleo de un mecanismo jurídico formal, como la acción de tutela, alcanzaron el amparo de sus derechos fundamentales —puestos en peligro por el daño sistemático a los ecosistemas—. Estos son solo algunos ejemplos de la necesidad que surge de conectar las discusiones sobre el derecho en el continente con otras miradas y aportes de otras disciplinas.

En este mismo orden, la lucha por el derecho en las ciudades latinoamericanas, en general, y en Medellín, en particular, no se escapa a los problemas instalados de recepción de normas, instituciones y teorías que provienen de otros contextos. Las luchas en este escenario, por la reivindicación de nuevos derechos en la ciudad y los territorios populares, son ejemplos típicos de que la articulación defendida por la teoría política liberal y el positivismo jurídico clásico entre Nación, Estado y derecho, es miope, puesto que únicamente muestra como escala de producción normativa a la nacional (Santos, 2009).

Así las cosas, la defensa de la existencia de un derecho puro, pleno, que no necesita de aportes de otras disciplinas (Kelsen, 1960), además de esconder vicios que han sido del interés de la teoría del derecho como las lagunas, las antinomias, los problemas de ambigüedad, la vaguedad, de carga emotiva, de indeterminación y textura abierta de las normas jurídicas (Nino, 2003), y los relacionados con la interpretación y la adjudicación (Atienza, 2013), tiene, entre otras, la deficiencia de no mostrar las estructuras simbólicas ni las relaciones de poder que lo soportan (Bourdieu, 2000 y García, 2014), ni los usos, las victorias, las emociones, las formas de violencia física y simbólica, los ritos que las comunidades y los movimientos sociales depositan en este (Lemaitre, 2009); tampoco puede explicar la existencia de otros sistemas normativos que compiten por la regulación de las relaciones sociales, ni lo que los sujetos “de abajo” definen como derecho, entre otros asuntos.

Dicho de otra forma, aunque el derecho históricamente se ha dispuesto como un medio del poder (Capella, 2008), también ha sido el objeto de resistencias y una herramienta al servicio de reivindicaciones populares (Santos, 2012; Lemaitre, 2009; Nieto, 2013 y Fitzpatrick, 2011). La historia de los derechos como el fruto histórico de confrontaciones por alcanzar la dignidad (Herrera, 2008), o como las leyes de los más débiles para limitar el poder (Ferrajoli, 2015), refuerzan las tesis hasta acá expuestas. En consecuencia, las investigaciones sociojurídicas que se interesen por explorar los puntos de encuentros y desencuentros entre el derecho desde su punto de vista formal, y la manera como se materializa en un contexto determinado, deberán hacer uso de diferentes herramientas y aportes disciplinares, como se reflexionará.

 

CONECTAR EL DERECHO CON LA REALIDAD, LA NECESIDAD DE UN DIÁLOGO INTERDISCIPLINAR: UN PUNTO DE PARTIDA CRÍTICO

Aunque a partir del siglo XVI se empezaron a configurar lo que hoy conocemos como Ciencias Sociales, el estatuto de su profesionalización y reconocimiento solo se logró hasta el siglo XIX. Este proceso de consolidación en Europa estuvo mediado por fuertes cambios sociales y políticos; el más significativo de ellos, que toca con el interés del derecho y la política, fue la migración del concepto de soberanía y de orden normativo que dependía de esta, de los monarcas “al pueblo”, y el nacimiento de una nueva persona jurídica equiparable a los particulares en deberes, obligaciones y derechos: el Estado (Capella, 2008 y Echeverría, 2011). En este contexto, como lo establece Wallerstein (2006), surgió la necesidad de estudiar el nuevo orden, y para ello era necesario evaluar con exactitud las reglas y normas que lo regulaban, “parecía coherente que, si se intentaba organizar un nuevo orden social sobre una base estable, cuanto más exacta (o ‘positiva’) fuese la ciencia tanto mejor sería lo demás” (p. 11).

En este proceso de consolidación de las Ciencias Sociales se marcaron fuertes fronteras disciplinares y se terminó imponiendo lo que Popper (2008) denominó como “el erróneo naturalismo o cientificismo metodológico” (p. 16); es decir, la imposición de las ideas de neutralidad en la investigación, objetividad del investigador, exactitud y certeza. Así, la investigación social olvidó al sujeto y la subjetividad, además de otros elementos como la comprensión del carácter relacional, dinámico y cambiante de los fenómenos sociales, la relación de interdependencia entre el conocimiento, las prácticas y los actores sociales, entre otros asuntos (Santos y Meneses, 2014).

No obstante, este modelo entró en crisis. Posterior a la Segunda Guerra Mundial (1945), de acuerdo con Wallerstein (2006), tres procesos afectaron la estructura de las ciencias sociales: 1) el cambio de la estructura política del mundo; 2) la explosión demográfica y 3) la expansión del sistema universitario. En este escenario de tensiones, durante el contexto de la Guerra Fría, además del surgimiento de nuevos movimientos sociales, la aparición en la escena académica de estudios culturales, poscoloniales, decoloniales (Castro-Gómez y Grosfoguel, 2007), las transformaciones mundiales llevadas a cabo por los procesos de globalización y la hegemonía del modelo neoliberal desde las décadas de los setenta y ochenta (Rodríguez y Uprimny, 2006), se generó una ruptura que hizo casi insostenible la tesis que defendía la elaboración de investigaciones que se encuadraran como exclusivas de una ciencia o campo de estudio, y al investigador social como un sujeto ajeno a su contexto.

Así las cosas, el aporte de Wallerstein (2006) de “abrir las Ciencias Sociales” no solo se asume como una proposición atractiva, sino necesaria para la elaboración de un análisis desde la mirada del derecho a la compleja realidad que se vive en la periferia de las ciudades latinoamericanas, en medio de los procesos hegemónicos y contrahegemónicos de globalización. No obstante, en la actualidad, en los escenarios judiciales y académicos colombianos, aún estas ideas no tienen el suficiente impacto (Gómez, 2005 y García, Ramírez y Cárdenas, 2017). Incluso, como lo indicó García (2001), con excepción de algunos casos, “los estudios que abordan temas jurídicos desde otras ciencias sociales no se reconocen como pertenecientes a una ciencia sociojurídica” (p. 3). Aspecto que ha hecho más lento el contacto entre la realidad, las necesidades de una nueva juridicidad de acuerdo con los diferentes contextos, los cambios legislativos y jurisprudenciales en escenarios diferentes a las altas cortes y, en general, la investigación jurídica y sociojurídica.

Lo anterior, agenciado directamente por una tradición de investigaciones jurídicas autorreferenciales que utilizan el lenguaje técnico-jurídico como una forma de construir conocimiento autónomo. Esto ha propiciado, en Colombia, una inflación de trabajos académicos que no trascienden la lógica decimonónica de la exégesis jurídica, amén de la diversidad de fenómenos y problemáticas al interior del país. Según este planteamiento, señala Rodríguez (1999):

En efecto, mientras que la fragmentación, la desigualdad y el predominio de la fuerza caracterizan en mayor o menor medida las sociedades y el derecho hispanoamericanos, el discurso teórico continúa elaborando las nociones clásicas del formalismo jurídico, esto es, la coherencia del derecho y la neutralidad judicial (p. 32).

No obstante, aunque el discurso hegemónico descanse en las tradiciones formalistas-normativistas del derecho, esto no ha menguado en la emergencia de trabajos críticos que han partido de una posición antiformalista- realista, los cuales han cuestionado muchos de los valores que defienden la neutralidad y el carácter apolítico del derecho. La tradición crítica del derecho, según Wolkmer (2003), se puede agrupar en cuatro ejes epistemológicos, a saber: 1) estudios jurídicos críticos en Estados Unidos (Critical Legal Studies); 2) Asociación de Crítica Jurídica en Francia (Association Critique du Droit); 3) la escuela italiana del uso alternativo del derecho y 4) enfoques epistemológicos de pluralismo jurídico —cuyo trabajo fuerte se ha producido en América Latina—. A lo planteado por el autor, se suma una tradición de alternativas antiformalistas que vienen de movimientos europeos como el derecho libre, la jurisprudencia sociológica, posturas marxistas y neomarxistas, etc. (Souza, 2001).

Complementando la idea anterior, cabe considerar que la reacción antiformalista-realista más fuerte se dio en Estados Unidos con los inicios de los estudios del Realismo Jurídico norteamericano (Holmes, 2012) y los movimientos posrealistas (Derecho y Sociedad, Estudios Críticos del Derecho y Estudios de Conciencia Jurídica).

Estos movimientos posteriores al realismo jurídico norteamericano, aunque muy diversos entre sí, tienen algunos aspectos comunes que se podrían resaltar como provocaciones para este trabajo, específicamente, sobre la importancia de hacer estudios interdisciplinarios en el derecho, el análisis de factores internos y externos al derecho con énfasis en “el derecho vivido” y la relación indisoluble para ellos entre el derecho y la política. Por ejemplo, en los Estudios de Conciencia Jurídica (Legal Consciousness Studies) se logró identificar un compromiso político de los investigadores con los grupos minoritarios y marginados con los que estudiaban, y respecto al derecho, amén del reconocimiento de su indeterminación, se confió en que podría servir como una herramienta contrahegemónica de emancipación social (García, 2001).

Teniendo en cuenta estas consideraciones, se procederá a analizar y compartir las experiencias del proceso de planeación e implementación del diseño metodológico elegido para la investigación que ya se ha referenciado; esto como una forma de abrir las discusiones académicas no solo a los hallazgos, sino también a las formas de investigar, que permitan contribuir a construir un puente que conecte el derecho y la realidad.

 

DISCUSIÓN: UNA METODOLOGÍA FLEXIBLE PARA UNA INVESTIGACIÓN SOCIOJURÍDICA

La definición de las categorías de análisis: la investigación como ejercicio de diálogo teórico y empírico

La lucha por la existencia, por encontrar un lugar dónde habitar y dotar de sentidos, historias y significados simbólicos a los territorios en los que se vive, marca, en gran parte, las experiencias de resistencia de las comunidades que perviven en las periferias de Medellín (Naranjo y Villa, 1997 y Franco, 2011). Dichas experiencias han estado compuestas por diferentes procesos que marcan la cotidianidad y la lucha por el reconocimiento de otras formas de construir ciudad, y la vivencia y construcción cultural de nuevos derechos. Específicamente, las experiencias de resistencia, de acuerdo con Nieto (2013), están compuestas por procesos y estos a su vez por prácticas y acciones colectivas, que se entrelazan para lograr finalidades comunes.

En la Comuna 8, en particular, se lograron apreciar luchas con acumulados históricos por el reconocimiento y el respeto de diversidades sexuales, el reconocimiento de nuevos barrios, procesos de resistencia civil no armada al conflicto armado, entre otros. Estos se erigen como una forma de rechazo a los intentos de dominación del poder de grupos armados, las acciones diferenciadas del Estado, el mercado, el derecho estatal y el modelo de ciudad.

Teniendo claros estos presupuestos, y las diferentes variables, después del planteamiento del problema y la concreción de los objetivos, se procedió a definir con claridad las categorías de análisis de la investigación; esto permitió hacer una descomposición y delimitación de los asuntos que deberían de ser desarrollados, lo que significó un insumo indispensable para definir, posteriormente, la parte estratégica y operativa del diseño metodológico, al igual que la redacción del informe final.

En la investigación se identificaron tres tipos de categorías: centrales, de segundo y tercer orden. Como categorías centrales se definieron: 1) proceso de resistencia comunitaria y 2) reivindicación del derecho a la ciudad y al territorio. Estas categorías tuvieron como finalidad dar cuenta de la forma como en la Comuna 8 y en los sectores populares los sujetos colectivos subalternos compiten con técnicos y burócratas la posibilidad de emplear y nombrar el derecho, de acuerdo con sus convicciones y necesidades particulares. En este orden de ideas, partir de la resistencia popular tuvo como finalidad específica contemplar el conjunto de prácticas que ha tenido un desarrollo en el tiempo y que han estado traslapadas por diferentes momentos, en donde es posible identificar matices, es decir, escenarios de mayor unión de las comunidades y los movimientos sociales y otros momentos de dispersión.

En la misma secuencia de lo anterior, entender el derecho a la ciudad y al territorio como una reivindicación popular permitió centrar el análisis en la forma como los sujetos sociales se han apropiado y han construido estos derechos, y no un análisis de los adelantos legales o jurisprudenciales.

El abordaje de las categorías centrales tuvo correlación con otras categorías explicativas o de segundo orden. En este camino se entiende que, si se indagó por un proceso de resistencia se debe partir de la base de que existían unos poderes hegemónicos sobre los que se dirigió la resistencia popular. Así, en este aparte se identifican como categorías de segundo orden: 1) ciudad vitrina: Medellín en el contexto de la globalización; 2) modelo de desarrollo de ciudad y 3) discurso jurídico-político-económico del gobierno local sobre las transformaciones urbanas. Sumadas a estas tres categorías de segundo orden, sobre aquello a lo que la comunidad resistió, se identificaron otras categorías que surgen del trabajo comunitario y que ayudaron a explicar cómo a través del proceso de resistencia se reivindica el derecho a la ciudad y al territorio, que son: 1) prácticas de resistencia de la comunidad y las expresiones organizativas, de la cual se desprendieron a su vez tres categorías que la complementaron o de tercer orden: a) la resistencia a través de la comunicación comunitaria; b) las redes colaborativas y formas organizativas y c) las acciones colectivas de resistencia. Como las últimas categorías de segundo orden se definieron: a) la lucha en el campo jurídico y vivencia de los derechos; b) la ciudad informal y formas de habitar los bordes de la Comuna 8 y c) la ocupación y apropiación del territorio de borde urbano. Para finalizar, como categoría transversal se definió la construcción social de la ciudad y el territorio.

Aunque las anteriores categorías se propusieron como tentativas, fueron indispensables durante el trabajo de campo y el acercamiento a la comunidad; hecho que hizo que las mismas se delimitaran, se subsumieran entre ellas o se eliminaran; y aunque en este escrito solo se presenta el sistema categorial definitivo, es menester dejar presente que, como todo el proceso de una investigación cualitativa, el trabajo del investigador constituyó un constante (re)hacer.

 

Figure 8.2 Relaciones entre categorías de análisis


Fuente: elaboración propia.

 

Un diseño metodológico flexible para escuchar las voces de los sujetos que resisten y reclaman derechos

Frente a lo metodológico, la investigación se caracterizó por su flexibilidad, es decir, que partió de la combinación de técnicas de investigación y la recolección de información desde diferentes fuentes. Dicha indagación asumió la perspectiva del “giro en la mirada” de las investigaciones sociales, la cual, como lo planteó Uribe (2012), representa una inversión epistemológica que posibilita el resurgimiento de investigaciones cualitativas que retornan al sujeto. Es decir, que se sitúa “la mirada en el sujeto de la acción, sus contextos, las distintas maneras de vivir los grandes y pequeños acontecimientos” (Uribe, 2012, p. 11).

Sobre la labor del investigador, la observación de las acciones y prácticas comunitarias fue crucial para entender algunos aspectos con los que se identificó la lucha por el derechos a la ciudad y al territorio, como son: la lucha por el reconocimiento de los nuevos barrios, la apropiación de la comunicación comunitaria, como medio para fortalecer procesos políticos y pedagogía en derechos, la visibilización de las luchas de base y transformación de la ciudad y el territorio, el trabajo por la resignificación sobre lo que representa para la comunidad el territorio, la apropiación y toma simbólica de los espacios comunes, la lucha por el derecho a la dignidad y la igualdad en los territorios, entre otros asuntos.

Teniendo en cuenta estas consideraciones, la investigación adoptó un enfoque descriptivo-analítico, es decir, generó esfuerzos por comprender y tratar de explicar el proceso de resistencia de las tres organizaciones sociales de la Comuna 8, desde sus implicaciones teóricas y prácticas. En consonancia, el empleo de categorías empírico-analíticas permitió establecer un nexo o un diálogo entre la reflexión académica y los sentidos construidos comunitariamente, asunto relevante para superar “los extremos de la alta teoría sin polo a tierra y del empiricismo sin guía teórica” (Rodríguez, 2007, p. 15).

Asumiendo las particularidades del tema propuesto, se nombró como “observación en campo” a la estrategia que fue empleada para la investigación. Esta denominación, a criterio de este trabajo, fue más precisa frente a la consideración inicial de “observación participante”, puesto que aunque el investigador observó y acompañó a la comunidad y a las organizaciones sociales, en diferentes actividades, en ningún momento vivió ni estuvo inmerso por completo en el contexto investigado. Esta claridad es relevante puesto que plantea diferencias analíticas entre dinámicas en la que se emplea la observación, los ejercicios propios de investigación participante y otras que se basan en metodologías colaborativas de producción de conocimiento, como es la Investigación Acción Participativa (IAP). Para el caso concreto, la observación en campo fue un insumo indispensable para recolectar y generar información, pero no fue el único medio, además se buscó establecer un diálogo entre dinámicas más generales de la ciudad y procesos globales.

La observación en campo como estrategia metodológica permitió al investigador participar y aprender de las dinámicas comunitarias desde el encuentro en actividades, talleres, asambleas y otros escenarios organizados y gestionados por estos actores comunitarios, los cuales fueron ricos en experiencias, emociones, tensiones, recuerdos, reflexiones que permitieron apreciar en un escenario real —no simulado ni condicionado—, las formas de lucha, de construir ciudad, territorio y de reivindicar derechos desde las experiencias de resistencias comunitarias. Para el éxito de esta estrategia se debe dejar en claro que el investigador debe estar atento y activar sus aptitudes sensibles para mirar más allá, buscar aquellas cosas que pasan desapercibidas, contextualizarlas e interpretarlas (Galeano, 2012). Al ser transversal, esta estrategia, en el proceso de investigación, se resalta su relevancia para las investigaciones cualitativas (Galeano, 2012), en la medida que generan los patrones a través de los cuales se pueden analizar los datos recolectados por otros medios (Tailor y Bogdan, 1992).

Como forma de acercarse a la comunidad, se realizaron algunos recorridos por la periferia de la Comuna 8, como posibilidad para georreferenciarla y entrar en contacto con sus realidades; algunos fueron acompañados por integrantes de la Mesa de Desplazados y la Mesa de Servicios Públicos, quienes plantearon estas actividades como parte del trabajo sobre memoria y el reconocimiento de su territorio. Otros fueron acompañados por Ciudad Comuna, como parte de la tercera fase del proceso denominado “activatorio de memoria y territorio”; una iniciativa social que buscó, entre otras cosas, que a través de la cartografía social crítica se pudieran recoger las voces de los habitantes de la Comuna sobre diferentes asuntos que los han impactado como, por ejemplo, los macroproyectos y las transformaciones de la Comuna, las situaciones concretas en torno a relaciones políticas en el territorio, es decir, el mapeo del Estado en términos de cooperación, de movilización, de construcción de sujetos políticos en el territorio, de lucha y de resistencias, etc.

 

Figure 8.3 Trabajo de observación y preguntas a la comunidad en el barrio Villatina, con los miembros de Ciudad Comuna 2016


Fuente: archivo personal.

 

Las participaciones en estas actividades le permitieron al investigador observar la manera como las comunidades que habitan en la periferia de la Comuna 8 elaboraron sus propios mapas, donde graficaron sus referentes importantes, como las calles y escalas que fueron autoconstruidas; además, se apreció una fuerte crítica al mapa oficial de la ciudad, puesto que mientras este solo reconoce la existencia de dieciocho barrios8 en la Comuna, las comunidades urbano-populares, mediante un acumulado histórico de trabajo colectivo, reivindican su espacio vital como barrio, presentando nuevas gráficas cartográficas donde llegan a reconocer la existencia de hasta treinta y ocho barrios, como fue asegurado en diferentes espacios.9 En igual medida, han combatido la clasificación realizada por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) del suelo rural, urbano y de expansión, y las apelaciones peyorativas que históricamente han recibido como asentamientos ilegales, suburbios, barrios subnormales, la especulación con el riesgo geológico, etc.

La participación, además, en otros escenarios como audiencias públicas, asambleas y otros encuentros en los que discutieron los sujetos populares y miembros de las instituciones estatales, fueron determinantes para apreciar, entre otras cosas, las formas en las que la comunidad participa, las prácticas de resistencia, los conflictos o diálogos estratégicos con la institucionalidad, etc. En síntesis, el empleo de la observación en campo como estrategia buscó, ante todo, evidenciar el mundo de lo cotidiano, el acercamiento a la realidad y la comprensión del significado de los procesos (Galeano, 2012).

En esta secuencia, aunque el empleo de esta estrategia aportó elementos muy significativos para la investigación, también es pertinente aclarar que las observaciones y los aspectos que puede alcanzar a registrar el investigador siempre serán limitados, por esto, su combinación con otras técnicas e instrumentos fue necesaria para contrastar y triangular la información recolectada.

 

PERTINENCIA DE LA COMBINACIÓN DE LA ESTRATEGIA CON OTRAS TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN

Frente a las posibilidades y limitantes —en términos epistemológicos y metodológicos— de la estrategia de investigación elegida, se optó por su combinación con dos técnicas complementarias: la revisión documental y las entrevistas, sumado al empleo de otros instrumentos (asunto sobre el que se discutirá luego). Esta decisión tuvo como finalidad la de cotejar, triangular y hacer un control sobre la fidelidad de la información recolectada (Galeano, 2012).

Sobre la primera técnica —la revisión documental—, se tomó la clasificación realizada por Galeano (2012) en fuentes primarias y secundarias. Las fuentes primarias se caracterizan por ser documentos públicos o privados obtenidos de primera mano, como procesos judiciales, fotografías, videos, cartas, mapas, etc. Las secundarias son otras versiones o miradas —las cuales no se recogen de manera directa de los actores—, en donde se incluyen otras investigaciones, monografías, cartografías, artículos de prensa, artículos de opinión, etc.

Mediante esta técnica se pudo tener acceso a aquellos detalles que fueron registrados por los medios de comunicación comunitarios (excepcionalmente los medios masivos) o el archivo documental de las organizaciones y movimientos sociales, registros fotográficos o audiovisuales, entre otros, que son aportados directamente por la comunidad, o los trabajos realizados en la Comuna por otras entidades como organizaciones sociales, universidades o instituciones del Estado.

Los documentos recolectados fueron: 1) documentos contextuales y oficiales de la Alcaldía de Medellín sobre la Comuna 8 que trataban sobre las intervenciones urbanas en la zona (2012-2015), los planes de desarrollo de los gobiernos de Sergio Fajardo, Alonso Salazar y Aníbal Gaviria y sus respectivos informes consolidados de gestión y publicaciones en los medios institucionales de la Alcaldía; 2) algunos estudios realizados por la Escuela de Hábitat y Arquitectura de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín; 3) la revisión del archivo fotográfico, audiovisual y las noticias que reportó Ciudad Comuna a través de sus medios: Comun Audiovisual, donde se revisó una serie de microcápsulas denominada “Relatos desde la frontera: el derecho a la ciudad” y dos documentales: El jardín de las dudas y La dignidad que emerge desde las laderas; el periódico Visión 8, del cual se revisaron sesenta y dos ediciones (más adelante se presentará un mapa analítico de los temas recurrentes de los reclamos de sus derechos por año); su página web y las intervenciones en redes sociales; 4) los documentos sistematizados por la Mesa de Vivienda y Servicios Públicos de la Comuna 8 y la Mesa de Desplazados de la misma Comuna, donde explicaban las razones de su resistencia, convocaban a encuentros con la comunidad, fotos publicadas a través de las redes sociales, etc; 5) las actas de reunión de los encuentros en los que participa el investigador mediante la observación en la Corporación para la Comunicación Ciudad Comuna y en las actividades de cartografía social, liderados por la misma organización.


Tabla 8.1 Publicaciones del periódico comunitario

Publicaciones revisadas del periódico comunitario Visión 8, de la Comuna 8, editado por Ciudad Comuna
Año de publicación Número de publicaciones recolectadas y revisadas Temas de interés abordados en las ediciones Lugar del derecho y el reclamo por los derechos en los artículos del periódico
2006 2 Cultura, artículos informativos sobre la Comuna Derecho a la información y trabajo sobre memoria histórica
2008 5 Memoria y cultura, cartografía de culturas juveniles en la Comuna, derechos de las víctimas El concepto de desarrollo local entra en tensión con el de desarrollo de ciudad, y se muestran las formas de lucha por los derechos. Aparecen denominaciones como el derecho al hábitat, a los servicios públicos domiciliarios, a la vivienda, al territorio
2009 9 Derechos humanos, cultura ciudadana, subjetividades políticas El concepto de derechos humanos es transversal a las ediciones
2010 12 Derechos humanos, intervenciones militares, seguridad humana El tema de reparación administrativa para las víctimas, lucha de las víctimas por sus derechos y críticas a las intervenciones armadas en la Comuna son los temas recurrentes
2011 11 Críticas a la justicia, movilización en contra del conflicto armado, educación popular Movilización por los derechos, justicia comunitaria en contraposición a la estatal
2012 10 Críticas al modelo de desarrollo y planeación de ciudad Derecho a la autogestión comunitaria, derecho a la ciudad y al territorio
2013 5 Trabajo sobre memoria histórica, movilización en contra de proyectos de ciudad, lucha por los derechos humanos El trabajo de la memoria como una forma de reclamar el derecho a la ciudad y al territorio
2014 6 Críticas al POT, plan de desarrollo de Medellín, planeación y construcción popular del hábitat y del territorio Se publican diferentes ediciones especiales sobre el derecho al territorio, el derecho a la ciudad, seguridad humana, críticas al POT
2015 2 Lucha por diversidades sexuales, aportes desde la Comuna a la construcción de paz Aunque hubo un declive en las publicaciones fue recurrente el tema de los derechos humanos

Fuente: Abente Brun 2010.

 

 

Figure 8.4 Edición especial del periódico comunitario Visión 8 de la Comuna 8 de Medellín


* En esta edición se realizó un trabajo pedagógico sobre lo que representaba para la comunidad tener el derecho al territorio.
Fuente: archivo personal.

 

Sobre la segunda técnica, las entrevistas en profundidad, se pretendió llegar a un acercamiento con miembros de la comunidad, líderes barriales y líderes de organizaciones sociales. Estas entrevistas tuvieron como aspiración fundamental la generación de un escenario de confianza que propiciara el intercambio recíproco de experiencias, de manera que no se planteó un cuestionario en sentido estricto —o un modelo estándar de entrevistas—, sino que cada una tomó la forma de un diálogo entre amigos, esto sin olvidar las categorías de análisis, los objetivos de investigación y los aspectos mínimos sobre los que tiene que dar cuenta la investigación —como se corroborará luego a través de un cuadro analítico—. En total se elaboraron siete entrevistas a miembros de organizaciones sociales y tres diálogos con la comunidad en las actividades que componían el desarrollo de los trabajos cartográficos de Ciudad Comuna.

La entrevista como técnica dejó en boca de quienes han aportado su conocimiento y su trabajo para la construcción de ciudad, de sus barrios, su historia, su memoria y la defensa de los mismos, la reconstrucción del proceso de resistencia, y concomitante a ello, los sentidos que han generado en torno a la reivindicación de sus derechos.

En la dinámica de estas entrevistas se hizo un esfuerzo por ubicar al entrevistado en un escenario acogedor, como es su propio entorno al aire libre, no en una oficina u otro lugar cerrado. A través de este ejercicio los entrevistados pudieron hablar de sus propias percepciones sobre los procesos de resistencia llevados a cabo en la Comuna, y sobre los significados que se tejen en torno al derecho en las particularidades de su contexto. La misma dinámica de la entrevista determinó las preguntas a realizarse, ejercicio en el que fue crucial escuchar al entrevistado y, de acuerdo con sus respuestas, plantear el cuestionamiento siguiente, por supuesto, teniendo claros aspectos como la representatividad del interrogado en el proceso de resistencia y los conocimientos con los que contaba sobre el mismo.

Según este panorama, desde la planificación general de las entrevistas se pretendió ser receptivo con “las perspectivas que tienen los informantes respecto de sus vidas, experiencias o situaciones, tal como las expresan con sus propias palabras” (Tailor y Bogdan, 1992, p. 101).


Tabla 8.2 Guía de diálogos con la comunidad

Entrevistado Participación del proceso de resistencia / organización Temas por los que se indagó
Diálogo con sujeto A Comunicador, líder y activista comunitario El papel de la comunicación comunitaria y la construcción social de la ciudad y el territorio; acciones colectivas de resistencia 2012-2015; alternativas comunitarias al desarrollo neoliberal
Diálogo con sujeto B Sociólogo, líder comunitario Planeación local del territorio; resistencia a los macroproyectos urbanos, al modelo de la ciudad; situación de la Comuna 8 en cuanto al riesgo; propuestas y resistencia comunitaria al Cinturón Verde
Diálogo con sujeto C Comunicador, líder comunitario La reivindicación del derecho al territorio; planeación local del territorio; prácticas de resistencia de la comunidad frente a la construcción de ciudad desde las élites; talleres de cartografía social crítica
Diálogo con sujeto D Líder comunitario La lucha de la población desplazada por el reconocimiento de sus derechos en la Comuna 8 y la construcción de territorio; unión y significado de las resistencias en la Comuna 8
Diálogo con sujeto E Líder comunitario Formas comunitarias de gestión del riesgo en la Comuna 8; formas de lucha en contra del modelo de ciudad; el significado de las protestas, las formas de participación democrática en la Comuna 8 y el significado que adquiere el derecho a la ciudad y al territorio en el proceso de resistencia
Diálogo con sujeto F Miembro de la comunidad La lucha por el reconocimiento de nuevos barrios, la lucha por la reivindicación del derecho a la ciudad y al territorio, el papel del campesino en el territorio rur-urbano
Diálogo con sujeto G Investigadora Colaboración universidad-procesos comunitarios; gestión del riesgo en la Comuna 8
Diálogo con miembros de la comunidad Miembros de la comunidad integrantes del grupo de la tercera edad Cambios físicos del territorio de la Comuna; percepciones sobre el derecho

Fuente: elaboración propia.

 

Para finalizar con esta técnica de investigación, se debe hacer la salvedad de que un análisis previo del contexto arrojó como resultado que el empleo de ciertos dispositivos generaría interferencias en el libre actuar de los sujetos comunitarios. Por este motivo, se decidió que los diferentes testimonios no fueran capturados mediante un dispositivo electrónico, debido a que una grabadora o una cámara, además de que atenta contra cierta intimidad comunitaria, podrían restar espontaneidad y naturalidad a las declaraciones y saberes de los líderes comunitarios; según esta lógica, las diferentes declaraciones se condensaron como notas dentro de un diario de campo.

 

LOS INSTRUMENTOS DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN: LA OPERATIVIDAD DE LA INVESTIGACIÓN

Los instrumentos constituyen la parte más operativa de la investigación, su esencia, y dependen tanto de las particularidades, expectativas y necesidades de la investigación como de las características propias de los sujetos y del contexto en el que se consultó, recolectó, generó y la manera como se sistematizó y analizó la información. En este sentido, los instrumentos empleados para ejecutar la investigación fueron creados de acuerdo con las necesidades que surgen de la estrategia y la técnica escogida, de manera que permitieron materializar la parte de la planeación general en algo más concreto.

Estos fueron clasificados, para darle un orden a la presentación de los mismos, en instrumentos de: 1) rastreo; 2) recolección; 3) generación de información; 4) sistematización y 5) análisis e interpretación de los datos.

La mayoría de los instrumentos fueron una combinación entre herramientas tecnológicas, cuadros y fichas analíticas, notas en un diario de campo, diagrama de flujos, etc. Estos instrumentos procuraron ser lo suficientemente flexibles y transversales a todo el proceso investigativo y cercanos a la estrategia elegida, puesto que no solo se observan hechos cuando se está en el escenario de interacción con otros sujetos, sino también textos escritos, imágenes, vídeos y aspectos metalingüísticos de las entrevistas, etc.

De estos instrumentos, el más importante fue el diario de campo, el cual tuvo como objetivo registrar los sucesos percibidos por el investigador durante la observación, los testimonios y aprendizajes que le aportaban los miembros de la comunidad. Es de resaltar que la primera parte del trabajo tuvo un carácter descriptivo, consonante con la idea de que, “la investigación por antonomasia es fundamentalmente descriptiva, ya que ninguno de los tipos o procedimientos investigativos escapa al espíritu y a la definición generalizada del concepto” (Cerda, 1993, p. 71).

 

APRECIACIONES FINALES: REFLEXIONES SOBRE EL EMPLEO DE LA METODOLOGÍA Y LOS HALLAZGOS DEL TRABAJO EMPÍRICO

Esta investigación fue desarrollada en la ciudad de Medellín —la segunda más poblada y reconocida de Colombia— en una de las dieciséis comunas en las que administrativamente se encuentra dividida —la Comuna 8: Villa Hermosa—, en el marco de una serie de transformaciones urbanas que se vienen implementando con fuerza desde finales de la década de los noventa, tiempo en el que se buscó cambiar internacionalmente la imagen de la ciudad, y en el que se impuso un modelo de urbanismo de corte neoliberal como medio de intervención espacial de la ciudad.

El proceso de resistencia de las tres organizaciones sociales, que se analizó durante el periodo 2012-2015, se enmarca como una de las manifestaciones populares o contrahegemónicas de la globalización, en donde se utilizó el derecho como herramienta de defensa ante los efectos devastadores del neoliberalismo, como fueron la forma de resistir y concientizar a la población sobre sus derechos a través de los medios de comunicación comunitarios, como lo hizo Ciudad Comuna; la lucha por la reivindicación de todos los derechos necesarios para vivir dignamente en los territorios populares, congregados en las denominaciones “derecho a la ciudad” y “derecho al territorio”, por parte de una serie de organizaciones de base social, en la que se destacó el protagonismo de las mesas de desplazados y de servicios públicos domiciliarios de la Comuna 8, más otros vínculos generados con las ONG, los activistas internacionales yla población civil.

De esta manera, mientras que el gobierno local halló el respaldo del que fue renombrado como “modelo Medellín”, por parte de gremios económicos, medios de comunicación, miembros de organizaciones internacionales, 10 representantes de otras ciudades o Estados, entre otros; desde la periferia, con resistencias como la mencionada, se mostraron las rupturas en el hábitat generadas por las obras públicas, las posibles violaciones de derechos perpetradas por agentes del Estado, entre otros hechos que hicieron que por parte de los sujetos populares se empleara el discurso del derecho, no desde una perspectiva legalista, sino desde el discurso de sus derechos fundamentales.

De esta manera, las exigencias que realizaron las comunidades y movimientos sociales al derecho fueron consideradas como nuevos escenarios discursivos de disputa por los sentidos del derecho, y los sujetos subalternos no simples receptores de normas sino verdaderos intérpretes y creadores que propician nuevos marcos para entender el derecho en general y los derechos en particular. En este escenario, la academia, en general, y las investigaciones sociojurídicas, en particular, tienen la tarea de buscar establecer contactos entre el derecho como orden, sus cambios, sus resistencias y sus falencias en determinados contextos. Para lograr esta finalidad, el empleo de diseños metodológicos flexibles pero rigurosos, a través de los cuales se puedan entablar relaciones con marcos teóricos, técnicas e instrumentos que tradicionalmente se han utilizado en otras Ciencias Sociales, es relevante para quebrantar las barreras disciplinares, la ortodoxia metodológica y el marcado distanciamiento entre lo teórico y lo empírico.

El diseño metodológico que se empleó para este trabajo, donde se hizo uso de la observación en campo, fue crucial para cumplir con el objetivo propuesto en el párrafo anterior, puesto que buscó que el investigador en temas sociojurídicos fuera al campo, se distanciara un poco del “derecho de los libros” y se acercara a las discusiones sobre el “derecho vivido”.




NOTAS


* Artículo derivado del proyecto de investigación “En la periferia se reivindica el derecho al territorio: movilización y resistencia desde la Comuna 8 de Medellín”, aprobado en la convocatoria para apoyar proyectos de investigación, según el acta 11 del Comité Técnico de Investigaciones de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia, del 25 y 26 de octubre de 2016. El informe final de investigación fue aprobado por el Comité Técnico de Investigaciones a través del acta 7 del 17 de mayo de 2018, y el Consejo de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Acta 15 del 21 de mayo del 2018. Esta investigación fue parcialmente financiada con recursos de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia.

1 Tradicionalmente, los profesionales del derecho han sido representados como sujetos elegantes, reconocidos y respetados, pero alejados de las causas sociales; de hecho, han llegado a ser considerados como “guardianes de la hipocresía colectiva” (Bourdieu, 2003, pp. 3-5). Figuras tomadas de la literatura, como la de los abogados “vestidos de negro” que defendían a una multinacional extranjera graficados por García (2009) en Cien años de soledad, o quienes se caracterizan por vestir corbata como símbolo de sumisión al sistema —como lo recuerda Matos (2015) en la historia de los mercenarios croatas al servicio de Luis XIV, que llevaban atado alrededor del cuello un pañuelo durante la Guerra de los Treinta Años como símbolo de obediencia—, son ejemplos de los símbolos sociales construidos en torno a los abogados, quienes son vistos como los profesionales que defienden el orden establecido, los asuntos que les generan réditos personales y que, en muchas circunstancias, van en contra de los intereses de las comunidades a las que pertenecen. La historia de una serie de normas e instituciones jurídicas que han contribuido a favorecer las injusticias instaladas en América Latina (De la Torre, 2006), o la ineficacia del derecho y la cultura del incumplimiento de reglas en el continente (García, 2011), son evidencia de la necesidad de plantear trabajos empíricos como los que se proponen en este escrito.

2 Señala Cruz (2009) que muchas de los trabajos académicos en los que sus autores anuncian que emplean un método jurídico en realidad no presentan más que manuales de cómo hacer una tesis, o recomendaciones sobre redacción y estilo. En el mejor de los casos, tratan de mostrar la aplicación del método científico en el derecho, o realizan repasos históricos sobre las escuelas jurídicas. Estas respuestas, más otras similares, no son satisfactorias para dar cuenta del interrogante sobre si en verdad existe o no algo a lo que se le pudiera considerar como “método jurídico”. Esta discusión, en la que participa Cruz, es interesante en la medida en que deja en evidencia la principal dificultad con la que se enfrentan los investigadores sociales a los que les interesa indagar por derecho, la cual tiene que ver con el cuestionamiento sobre si a través de la utilización de ciertas metodologías propias de las Ciencias Sociales, se podría llegar a responder a un problema jurídico, máxime cuando el objeto de análisis no es el derecho construido desde arriba (legal, doctrinal o jurisprudencial) sino “desde abajo”; es decir, el que emana de las prácticas y construcciones populares.

3 La Comuna 8 fue el espacio territorial de Medellín más afectado por la ejecución de las obras que integraban el cvm. Según reportes de la Personería de Medellín (2012), en el año 2012 se denunciaron, por parte de las comunidades, falta de concertación sobre los proyectos del CMV y violación del derecho a la información por parte de la Empresa de Desarrollo Urbano (EDU), institución estatal encargada de la ejecución de las obras, la cual escondió información sobre los posibles reasentamientos de 14.715 familias.

4 El CMV fue una estrategia de planificación e intervención sobre los bordes de la ciudad, planteada en el plan de desarrollo 2012-2015 de Medellín. Mediante la ejecución de una serie de planes, proyectos y programas se buscó contener la expansión urbana, especialmente a través de la generación de espacio público, nuevos referentes turísticos de ciudad y la creación de un área de protección y transición entre lo rural y lo urbano.

5 De acuerdo con el discurso institucional, la ciudad, desde la década del ochenta del siglo xx, ha pasado por tres etapas, la primera de 1980 a 1993: periodo de “miedo”; de 1994 a 2011 de “esperanza”, y de 2012 a 2015, un periodo de “vida” (BID, EDU y Alcaldía de Medellín, 2014).

6 Después de la independencia, instituciones como la esclavitud fueron protegidas por el derecho. Solo para citar el caso colombiano, la propiedad sobre esclavos fue legal hasta el año 1851, cuando fue aprobada por el congreso la ley de manumisión (Tovar, 2007).

7 En la sentencia T-622 del 10 de noviembre de 2016, la Corte Constitucional colombiana declaró al río Atrato como sujeto de derechos. Análogamente, en la sentencia STC4360-2018 del 5 de abril de 2018, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le dio a la Amazonía colombiana el mismo estatus, bajo la siguiente justificación: “en aras de proteger ese ecosistema vital para el devenir global, tal como la Corte Constitucional declaró al río Atrato, se reconoce a la Amazonía colombiana como entidad, ‘sujeto de derechos’, titular de la protección, de la conservación, mantenimiento y restauración a cargo del Estado y las entidades territoriales que la integran” (República de Colombia, 2018, p. 45). En el auto AHC4806 del 26 de julio de 2017, proferido por la sala de casación civil, de la csj, en donde se resolvió a favor de un oso en cautiverio un recurso de habeas corpus, también abrió el debate sobre si los animales podrían llegar a ser sujetos de derechos. Aunque la anterior decisión quedó sin efectos de acuerdo con la sentencia STL 12651 del 16 de agosto de 2017 de la CSJ, dejó un problema aún no resuelto en el derecho colombiano, en el que se cuestiona: ¿hasta qué punto otros seres o entidades no humanas podrían gozar de personalidad jurídica?

8 Los barrios son Villa Hermosa, La Mansión, San Miguel, La Ladera, Batallón Girardot, Llanaditas, Los Mangos, Enciso, Sucre, El Pinal, Trece de Noviembre, La Libertad, Villatina, San Antonio, Las Estancias, Villa Turbay, La Sierra y Villa Liliam, definidos en el decreto municipal 346 de 2000.

9 En las diferentes consultas populares, desarrolladas por las mismas comunidades, las actividades realizadas por Ciudad Comuna, espacios en los que participó el movimiento por la defensa del territorio, entre otros, donde estuvo el investigador en su calidad de observador y a través de las entrevistas realizadas, escuchó recurrentemente este reclamo popular.

10 Aliados como: Ayuntamiento de Barcelona, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), la Organización de las Naciones Unidas (ONU), los gobiernos de España, Suecia, Reino Unido, Corea del Sur, Singapur, entre otros, le representaron a la ciudad aproximadamente US$31,69 millones de dólares en dinero de cooperación para la ejecución de diferentes programas (Alcaldía de Medellín, 2015).



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