Revista Ratio Juris

Artículo de investigación

Doi: 10.24142/raju.v17n34a7

 

PATRONES DE VIOLENCIA ALREDEDOR DEL HOMICIDIO DE EXCOMBATIENTES DE LAS FARC-EP EN EL POSACUERDO*

 

PATTERNS OF VIOLENCE SURROUNDING THE HOMICIDE OF FORMER FARC-EP COMBATANTS IN THE POST-AGREEMENT

PADRÕES DE VIOLÊNCIA EM TORNO DO HOMICÍDIO DE EX-COMBATENTES DAS FARC-EP NO PÓS-ACORDO

 

 

Juan Camilo Parra Restrepo**

* Este artículo de investigación es producto de las discusiones generadas en la Maestría en Comunicaciones de la Universidad de Antioquia (Medellín, Colombia).

** Profesional universitario Alcaldía de Medellín, Investigador, Grupo Geard S. A. S. (Colombia) y Grupo Formarte S. A. (Colombia). Estudiante de la Maestría en Comunicaciones y Politólogo de la Universidad de Antioquia. Especialista en Cultura Política: Pedagogía de los Derechos Humanos, Universidad Autónoma Latinoamericana. ORCID: https: https://orcid.org/0000-0002-2274-1649, Correo electrónico: juancamiloparra1@gmail.com


Recibido: 23 de noviembre de 2021 - Aceptado: 2 de abril de 2022 Publicado: 30 de junio de 2022

 


Resumen

Este artículo analiza las características territoriales y temporales alrededor de los homicidios de excombatientes de las farc desde la firma del Acuerdo Final. Para ello, se explora, de forma cualitativa y cuantitativa, cómo dicho fenómeno se ha configurado para triangular la información oficial, de los medios de comunicación, las organizaciones civiles y los organismos internacionales. Se presenta una reflexión alrededor del reconocimiento y la aplicación del Derecho Internacional Humanitario en Colombia, en virtud del cual los casos de violencia contra excombatientes son como homicidios en persona protegida. También se describen e interpretan los patrones territoriales y temporales de los homicidios de excombatientes y se establecen zonas de incidencia de los casos de homicidios, que son comparados con los municipios priorizados como parte de las Zonas Más Afectadas del Conflicto y los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial. La investigación es transversalizada por el concepto de circularidad de la violencia.

Palabras clave: excombatiente, farc, dih, conflicto armado, posacuerdo, homicidio, violencia, patrones.


Abstract

This article analyzes the territorial and temporal characteristics of the homicides of former farc combatants since the signing of the Final Agreement. To do so, it explores in a qualitative and quantitative manner the way in which this phenomenon has been configured, triangulating official information from the media, civil organizations and international entities. It presents a reflection on the recognition and application of ihl in Colombia, by virtue of which cases of violence against ex-combatants are configured as homicides of protected persons. It also describes and interprets the territorial and temporal patterns of the homicides of ex-combatants and establishes zones of incidence of the cases of homicides, that is compared with the municipalities prioritized as part of the Most Affected Zones of the Conflict and the Development Programs with a Territorial Focus. The research is transversalized by the concept of the circularity of violence.

Key words: ex-combatant, farc, ihl, armed conflict, post-agreement, homicide, violence, patterns.


Resumo

Este artigo analisa as características territoriais e temporais em torno dos homicídios de ex-combatentes das farc desde a assinatura do Acordo Definitivo. Para isso, explora-se de forma qualitativa e quantitativa como esse fenômeno vem se configurando, triangulando informações oficiais, oriundas da mídia, organizações civis e organizações internacionais. Apresenta-se uma reflexão em torno do reconhecimento e aplicação do dih na Colômbia, em virtude do qual os casos de violência contra ex-combatentes são como homicídios de uma pessoa protegida. Os padrões territoriais e temporais dos homicídios de ex-combatentes também são descritos e interpretados e as zonas de incidência dos casos de homicídio são estabelecidas, isso é comparado com os municípios priorizados como parte das Áreas Mais Atingidas do Conflito e os Programas de Desenvolvimento com um Foco Territorial. A pesquisa é transversalizada pelo conceito de circularidade da violência.

Palvras-chave: ex-combatente, farc, dih, conflito armado, pós-acordo, homicídio, violência, padrões.


Introducción
Conclusiones
Notas
Referencias

 

Introducción

El 24 de noviembre de 2016, en el Teatro Colón de Bogotá, se firmó el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera entre el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), refrendado el 29 y 30 de noviembre del mismo año en el Senado de la República y la Cámara de Representantes. A pesar de lograr la desmovilización efectiva de 13.511 guerrilleros (Agencia para la Reincorporación y la Normalización, 2020), desde el 26 de septiembre de 2016 hasta el 20 de octubre de 2020 han sido asesinados un total de 255 excombatientes de las fa rc. Este ejercicio reflexivo busca exponer cómo el asesinato de desmovilizados de las fa rc-ep configura una violación al Derecho Internacional Humanitario (DIH), identificando patrones de violencia desde la categoría de contínuum de violencia.

El presente artículo se desarrolla en cuatro segmentos: primero, se expone cómo el conflicto de Colombia se configura como un conflicto armado no internacional según el dih, segundo, se presenta cómo los asesinatos de excombatientes de las farc constituyen violación al dih, tercero, se desarrolla el concepto de violencia circular o contínuum de violencia, y cuarto, se caracterizan los patrones de violencia sobre los asesinatos de excombatientes de las farc.

Los homicidios de desmovilizados son una grave amenaza para la constitución de una paz completa, y en esto el Estado colombiano tiene responsabilidad como encargado de garantizar y proteger los derechos de los reincorporados (Agudelo, 2017). Por eso, en línea con los estudios para la construcción de paz, se pretende ahondar en explicaciones sobre los homicidios de desmovilizados para construir lecciones que permitan una paz estable.

El conflicto armado colombiano y el Derecho Internacional Humanitario La aplicación del dih en Colombia no ha estado exenta de polémica en el ámbito político. Aunque la Corte Constitucional ha ratificado su aplicabilidad en el escenario del conflicto colombiano, 1 la caracterización de la violencia en Colombia como conflicto armado, diferenciado de la delincuencia común, ha generado controversia en sectores que niegan la existencia de dicho conflicto en el país.

Desde la academia, la comunidad internacional y las entidades del gobierno colombiano se ha reconocido un histórico conflicto armado interno.

La academia ha avanzado en el estudio del conflicto armado colombiano, generando lo que coloquialmente se ha determinado como “violentólogos” y una amplia bibliografía sobre los estudios de paz en el país. Echandía (2001) hace un balance del conflicto armado interno colombiano a la luz del decenio de la Constitución de 1991, y Pécaut (2001) caracteriza la situación del conflicto armado interno colombiano y cómo la violencia en el país se ha transformado. La comunidad internacional ha mencionado la existencia de tal tipo de violencia en el país; así, en la 60.ª sesión de la Comisión de Derechos Humanos, celebrada el 23 de abril de 1996, el presidente de dicha instancia enfatizó la violencia que vive Colombia en un contexto de conflicto armado interno (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 1997). Desde el 2008, incluso, se ha empezado la construcción de una memoria histórica sobre los hechos de violencia que han ocurrido en el país a partir del ejercicio que lidera el Centro Nacional de Memoria Histórica (Centro Nacional de Memoria Histórica, 2008).

La Corte Constitucional colombiana ha categorizado el conflicto armado interno colombiano como realidad jurídica consolidada, cuyo reconocimiento legislativo parte de la Ley 418 de 1997, que consagra instrumentos para la búsqueda de la convivencia pacífica, y se consolida con la Ley 1448 de 2011, conocida como Ley de Víctimas, la cual, desde el poder legislativo y con el beneplácito del ejecutivo, aceptó la existencia del conflicto armado interno regido bajo el dih y de manera particular a lo establecido en el artículo tercero común a los Convenios de Ginebra de 1949. 2 La Corte ha ratificado la noción de conflicto armado interno de forma amplia, y reconoce la complejidad histórica de la confrontación interna colombiana y la aplicación de las disposiciones y obligaciones jurídicas del dih (República de Colombia, 29 de marzo de 2012; República de Colombia, 10 de octubre de 2012 y República de Colombia, 2014).

El colombiano, específicamente en términos del dih, se caracteriza como un Conflicto Armado sin Carácter Internacional, en términos del Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra de 1949. Entendido como una “situación de violencia en la que tienen lugar, en el territorio de un Estado, enfrentamientos armados prolongados entre fuerzas gubernamentales y uno o más grupos armados organizados, o entre grupos de ese tipo” (Lawand, 2012). Como explica Serralvo (2020) , la clasificación de los conflictos es una condición sine qua non para el análisis de la aplicación del dih. Al indagar por estos elementos, el Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra de 1949 y de 1977, en desarrollo del artículo tercero común a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, establece que un conflicto armado no internacional son todos los enfrentamientos que se desarrollan en un país firmante, como expresa el Protocolo II: “entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas” (Comité Internacional de la Cruz Roja, 1977, art. 1).

Para la identificación de un Grupo Armado Organizado (GAO) el Protocolo establece como criterios la estructura organizativa y la capacidad bélica o intensidad de los combates. En ese sentido, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), en la interpretación del artículo tercero común y del Protocolo II, afirma que “el enfrentamiento armado debe alcanzar un nivel mínimo de intensidad y las partes en el conflicto deben tener un nivel mínimo de organización” (cicr, 2016, p. 6). Adicionalmente, el artículo 8 del Estatuto de Roma, al reafirmar la aplicabilidad del dih en los conflictos armados que no sean de índole internacional, considera perentorio diferenciar estas hostilidades de los casos como “las situaciones de tensiones internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos esporádicos y aislados de violencia u otros actos análogos” (Naciones Unidas, 1998, art. 8). Para lo cual utilizan los criterios dichos, ya que en estos casos el nivel de intensidad de la violencia es menor, así como el de organización y estructura de los grupos en conflicto.

Al respecto, el Tribunal Penal para la ex-Yugoslavia ha sentado jurisprudencia internacional sobre los criterios de intensidad 3 y organización 4 como carácter definitorio de un conflicto armado no internacional. Criteriosque han sido ratificados en la normativa nacional del Estado colombiano, en tanto la directiva 015 del Ministerio de Defensa Nacional al expedir lineamientos para enfrentar los gao le apuesta a circunscribir la lucha del Estado contra estos grupos en el dih (República de Colombia, 2016). La directiva del Ministerio reconoce que el nivel de hostilidades y de organización de las estructuras armadas cumplen con los requisitos de la jurisprudencia del Derecho Internacional, específicamente la sentada por el Tribunal Internacional para la ex-Yugoslavia y los Protocolos I y II Adicionales.

El conflicto en Colombia cumple con las condiciones de mando responsable, operaciones militares sostenidas y nivel mínimo de intensidad, en tanto el Ministerio de Defensa ha identificado la existencia de cuatro gao y la Oficina del Fiscal de la Corte Penal Internacional, en su Examen Preliminar a Colombia, ha identificado un conflicto armado no internacional en Colombia (cpi, 2019), que se evidencia en cinco conflictos armados internos: los ocurridos entre el Estado colombiano y las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC), el Ejército de Liberación Nacional (ELN), el Ejército Popular de Liberación (EPL) y las disidencias de las farc-ep, y los que suceden entre los mismos gao, eln y epl, eln y agc (“Caparrapos: fuerza que desestabiliza el Bajo Cauca antioqueño y el sur cordobés”, 2019). El cicr afirma que todos estos grupos cumplen con los criterios de organización y sus acciones tienen un nivel suficiente de violencia.

Sobre lo anterior, en el 2019 se denunciaron desplazamientos masivos en siete departamentos y confinamientos ilegales en otros cuatro; zonas como el Bajo Cauca Antioqueño (cicr, 2018), el Catatumbo (“Catatumbo, entre el paro armado del epl y el del eln”, 2020) y el Chocó (Puentes, 2020) han sufrido por las hostilidades entre distintos gao. En este orden de ideas, según el Plan Nacional de Seguridad y Defensa emitido en el 2019, las disidencias de las farc, clasificadas como gao residual, cuentan con alrededor de 3.000 miembros; adicional, el eln cuenta con más de 4.000 miembros, el Clan del Golfo con más de 1.600 y el epl con 260 aproximadamente (Ministerio de Defensa Nacional, 2019). Para aplicar el dih, Serralvo (2020) resalta que es preciso que las hostilidades demanden el uso de la fuerza militar y no solo policial, lo que en Colombia se cumple, mientras que el Gobierno nacional, en su política de defensa, ha decidido combatir los gao incluso en operaciones conjuntas entre las Fuerzas Militares y la Policía (“Fuerzas Militares, con luz verde para bombardear a disidencias de Farc”, 2017). 5

Las violencias en Colombia no son actos esporádicos, sino un ejercicio sistemático por parte de estructuras en territorios específicos. En términos jurídicos, bajo los criterios de intensidad y organización del dih, en Colombia existe un conflicto armado no internacional que es denominado en el ámbito local como conflicto armado interno y catalogado por el cicr como un conflicto armado prolongado o de larga duración (cicr, 2011). Así, el dih no solo continúa vigente en Colombia, sino que tiene un papel esencial en la consolidación del proceso de paz y las garantías para los desmovilizados (Arias, 2019).

Homicidio en persona protegida: grave violación al dih El concepto de persona protegida reúne elementos políticos y jurídicos sobre las consideraciones de la guerra y el papel del individuo en ella. Desde la vicepresidencia de la República de Colombia (2008) se reitera la definición del doctrinante Aponte quien considera que

se trata de una connotación o consideración no solo jurídica, sino ético- política. En el marco de situaciones particulares, fáctica y jurídicamente definidas como situaciones ligadas a conflictos armados, tanto de carácter externo como interno, se otorga un reconocimiento especial a diversos tipos de personas que se hallan en situación particular de vulnerabilidad: sus derechos se protegen de manera particular en función de la situación fáctica y específica de vulnerabilidad. Son personas protegidas aquellas a las que se aplica un tratado humanitario en particular, es decir, las personas a las que se aplican las normas de protección estipuladas en el derecho internacional humanitario (p. 22).

Como apunta Salcedo (2014), las personas protegidas son aquellas que,

en el contexto de un conflicto armado, tanto internacional como nacional, con el fin de salvaguardar la dignidad y su humanidad, encuentran especial protección de las normas y del derecho internacional, de forma indistinta si su fuente es un tratado o el derecho internacional consuetudinario (p. 14).

Los asesinatos de excombatientes de las farc son una grave violación al dih porque transgreden los principios de distinción e inmunidad, pilares del derecho de la guerra, y violan las disposiciones del Acuerdo de Paz entre el Estado y las farc-ep, que establece una serie de obligaciones del Estado colombiano en materia de dih.

Según el principio de distinción, consagrado en el derecho consuetudinario y en los Convenios de Ginebra de 1949, es obligatorio diferenciar a las personas que participan directamente de hostilidades de las que no, donde se incluye quienes hayan depuesto las armas (cicr, 2005). 6 La distinción es fundamental, pues incluso para la Corte Penal Internacional “dirigir sistemáticamente ataques contra civiles constituye un crimen de guerra en los conflictos armados no internacionales” (Naciones Unidas, 1998, párr. 2). Las personas desmovilizadas de los grupos armados no son blancos legítimos del accionar de las fuerzas armadas estatales o de los gao, por el contrario, son sujetos de especial protección por el dih, ya que no solo son civiles, sino excombatientes que han cesado su participación en las hostilidades, amparados en un acuerdo entre el Estado y el grupo (Arias, 2019).

Aunque el Acuerdo Final de Paz entre el Gobierno y las farc no configura una fuente del dih, al ser una declaración unilateral del Estado colombiano sí genera obligaciones internacionales. 7 Como desarrollan Amaya y Guzmán (2017) : “el acuerdo emana de una autoridad legítima, en un contexto de negociación con el apoyo de la comunidad internacional y establece obligaciones para el Estado colombiano en tanto no se opone a alguna norma imperativa del derecho internacional” (p. 41). La obligación es expresa, ya que el Estado colombiano lo declaró ante la Asamblea General de la ONU y el Consejo de Seguridad de la misma entidad y entregó el texto del Acuerdo al Consejo Federal Suizo para que repose junto a los Convenios de Ginebra como garantía internacional de cumplimiento (“Colombia entrega acuerdo de paz a Suiza como depositaria de la Convención de Ginebra”, 2016). El Acuerdo Final es un acuerdo especial en términos del dih, pues según el cicr un acuerdo de paz es un acuerdo especial, pues incluye obligaciones derivadas del dih (CICR, 2016), característica prevista en el artículo tercero común de los convenios de Ginebra de 1949. 8

Los asesinatos de desmovilizados son una violación al dih, pues constituyen un homicidio en persona protegida, que encuentran su equivalente en el ordenamiento interno colombiano tipificado en el Código Penal como homicidio en persona protegida, según el artículo 135 y su parágrafo, para “quien con ocasión y en desarrollo del conflicto armado interno, ocasione la muerte de persona protegida conforme a los Convenios Internacionales sobre Derecho Humanitario ratificados por Colombia” (Congreso de la República de Colombia, 2000, art. 135), especificando, así, en sus numerales 6 y 8, que uno de los sujetos entendidos como persona protegida son los combatientes que hayan depuesto las armas por captura, rendición u otra causa análoga, y cualquier otra persona que tenga aquella condición en virtud de los convenios i, ii, iii y iv de Ginebra de 1949 y los Protocolos Adicionales i y ii de 1977 y otros que llegaren a ratificarse.

La Corte Constitucional, en la Sentencia C-291 de 2007, revisa la constitucionalidad del artículo 135 del Código Penal, en su uso de la expresión “combatientes que hayan depuesto las armas” a la luz de las disposiciones del Bloque de Constitucionalidad (República de Colombia, 2007). Al reafirmar la constitucionalidad de la expresión cita distintas disposiciones del dih y ha establecido que este se aplica de forma automática cuando existen condiciones materiales, temporales y espaciales, en los que el ámbito temporal y geográfico va más allá del teatro de la guerra. Es decir, el dih tiene aplicabilidad aun cuando los hechos no son producto de un enfrentamiento o un combate efectivo como tal; así, el derecho de la guerra abarca también aquellos hechos que, si bien no son cometidos en el teatro del conflicto, están relacionados con este (Tribunal Penal Internacional para la ex-Yugoslavia, 2002).

Violencia circular: el contínuum

El contínuum se refiere al encadenamiento entre distintas experiencias de violencias en el tiempo y la trayectoria de vida que sufren los sujetos en diferentes escenarios, como laboral, familiar, escolar, por mencionar algunos; este concepto fue pensado desde la literatura feminista (Barraza, 2008) y ha sido vinculado a la violencia heteronormativa estructural (cnmh, 2015). Sin embargo, la circularidad de la violencia no solo explica el fenómeno de reproducción de patrones violentos contra la población vulnerable, sino que permite comprender los ciclos de violencia sobre la desmovilización de los grupos armados en el país.

La vida de los excombatientes es influida por el contínuum de violencias. Como desarrolla Martínez (1997), la pobreza es también una forma de violencia estructural que contribuye a degradar el tejido social y excluir. Ergo, construir paz es equivalente a generar condiciones de vida sin pobreza, entendida esta como oportunidades para vivir una vida tolerable. No es fortuito que las zonas de mayor incidencia del conflicto armado y reclutamiento sean a su vez los lugares con mayor índice de pobreza. La literatura académica ha abordado con suficiencia el fenómeno en torno a los ciclos entre pobreza y violencia; la falta de oportunidades aumenta la probabilidad de que los individuos se vean envueltos en actividades criminales, las cuales generan condiciones de odio (Galindo, Restrepo y Sánchez, 2009).

En el 2018 y 2019 la onu denunció la presencia de una violencia endémica en el país, localizada, especialmente, en zonas con ciclos crónicos de pobreza multidimensional (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2018; 2019). Igualmente, desde antes se ha advertido el vínculo entre distribución desigual del poder con la generación de escenarios de violencia y conflicto: grupos ilegales restringen la democracia en zonas de conflicto, en tanto hay “lucha entre grupos ilegales por el control de las economías y la política local” (Galtung, 1995, p. 348). Zonas con mayor incidencia del conflicto tienen mayor concentración electoral en pocos candidatos, como estrategia de cooptación del poder por grupos ilegales (Sánchez y Palau, 2006), y son también lugares de mayor connivencia entre Estado y paramilitarismo (Romero, 2007) y asedio de grupos guerrilleros a eventos electorales (Leongómez, 2004). La coincidencia entre pobreza, corrupción y violencia materializa el contínuum de violencias.

Por la incapacidad de abandonar los círculos de violencia y el retorno de la violencia política en el país, la Mesa de Diálogo y Negociación de La Habana discutió las condiciones y garantías de seguridad para excombatientes, pues el fantasma del exterminio y el aniquilamiento de estos, posdesmovilización, está vigente aún con el caso de la Unión Patriótica. 9

Patrones de violencia: circularidad de las violencias

Es preciso analizar los patrones y las características que dan lugar a una sistematicidad en la persecución a los desmovilizados y que responden al contínuum de violencia estructural de la sociedad colombiana. Se ha denunciado públicamente que “entre el 2017 y el 2019 hubo treinta y nueve casos de tentativas de homicidio o amenazas a excombatientes, así como de agresiones a sus familiares” (fip, 2019, p. 34). Este agravante de la situación la hace aún más compleja, pues adicional a los 255 homicidios presentados en este período de tiempo, según el Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz (2018) han sido asesinados entre 2017 y 2019 treinta y cinco familiares de personas desmovilizadas de las farc.

La triangulación de la información es un reto metodológico para encontrar una cifra común de excombatientes asesinados. Hasta junio de 2016, la Misión de Verificación de la onu en Colombia (2020) registraba el asesinato de 210 desmovilizados, y las farc reportaban 214 asesinatos (“‘Son 214 asesinatos de firmantes de la paz’, dice la farc”, 2020). En aras de obtener mayor certeza de los datos sobre el objeto de estudio se hace un amplio cubrimiento al asesinato de excombatientes en los medios de comunicación, informes de la onu, denuncias públicas del Partido Alternativa Revolucionaria del Común (farc), Organizaciones No Gubernamentales y entidades estatales; contrastando más de cuarenta fuentes que permiten determinar que desde el 26 de septiembre de 2016 hasta el 20 de octubre de 2020 han sido asesinados un total de 255 excombatientes de las farc.

En términos temporales, el año que registra más casos es el 2019 con 81 (tabla 6.1), este año cuenta, además, con el mes con mayor número de homicidios en todos los años (junio, con 12). Excluyendo el 2020, que tiene aún cifras incompletas, es notorio que los casos aumentan año tras año, lo que genera una preocupante tendencia (tabla 6.1 y figura 6.1).

Tabla 6.1 Homicidios de excombatientes de las farc por año

Año 2016 2017 2018 2019 2020
Casos 2 41 74 81 57

Fuente: elaboración propia.

Esta radiografía del homicidio de excombatientes en el posacuerdo refleja que de todos los meses que registran casos existe un promedio de 5,5 homicidios mes a mes desde la firma del Acuerdo Final, con picos altos y bajos.

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Figura 6.1 Línea de tiempo, homicidio de excombatientes de las farc

Fuente: elaboración propia.

De esos 255 casos de homicidios 252 se han presentado en Colombia y tres en la zona fronteriza con Ecuador. En Colombia, los departamentos que más casos de homicidios presentan son Cauca (40), Nariño (36), Antioquia (29), Caquetá (23), Meta (21), Norte de Santander (20), Putumayo (19) y Valle del Cauca (16) (figura 6.2). Estos ocho departamentos, de 22 totales con casos, incluyen el 80,95 % de todos los casos sucedidos en el país.

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Figura 6.2 Casos de homicidios excombatientes farc por departamento

Fuente: elaboración propia.

Con esta información, se encuentra que los asesinatos a excombatientes se han dado en 98 municipios del país. La figura 6.3 ilustra la participación de municipios por número de casos; en la figura 6.2 es claro que hay una mayor concentración de casos en ciertos municipios, mientras hay 43 municipios con apenas un caso, a medida que la cifra de casos por municipio aumenta disminuyen los municipios. En otras palabras, en una amplia cantidad de municipios ocurrió al menos un homicidio, pero existen ciertos municipios específicos donde hubo una cantidad mayor de casos, lo que genera una disparidad en la incidencia de casos por municipios. Si se busca una clasificación de los diez municipios con más casos serían Tumaco (15), Ituango (13), Puerto Asís (8), Argelia (7) y Cali, El Charco, La Macarena, San José del Guaviare, Tibú y Uribe (todos con 6). Es decir, que solamente diez municipios cuentan con el 31,35 % de todos los casos sucedidos en Colombia.

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Figura 6.3 Incidencia de casos por municipio

Fuente: elaboración propia.

En este sentido, la pregunta de este análisis debe ser por la forma en la que se generan zonas entre los distintos municipios, con variada intensidad entre ellos, pero que reúne unas características comunes y genera una macrozona roja o un punto de calor regional. Las cifras generales permiten una contextualización de la problemática, pero la disparidad de incidencia en los municipios es notoria. Diecinueve municipios, que cuentan con entre 4 y 15 casos cada uno, concentran el 47,22 % de los homicidios totales que ocurrieron en Colombia; es tan alarmante la concentración de casos en zonas específicas del país, que si se amplía el margen entre 3 y 15 hechos victimizantes por municipio se encuentra que solo 35 municipios de los 98 en total concentran el 67,46 % de los casos. Estos puntos de calor se presentan en la figura 6.4 que detalla geográficamente los municipios en los que se han dado casos de homicidios a excombatientes y, adicional, muestra la concentración de casos en cada uno.

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Figura 6.4 Asesinatos de excombatientes por municipio

Fuente: elaboración propia.

Estos puntos de calor remiten a zonas o regiones del país donde el conflicto armado se ha configurado a partir de características específicas. Para analizar de forma empírica cómo existen zonas del país que de forma sistemática se desenvuelven en círculos estructurales de violencia, se comparan las zonas más afectadas por el asesinato de excombatientes y los municipios clasificados en las Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado (Zomac).

En términos de la territorialidad, es notoria una coincidencia entre la ubicación de los casos y las Zomac, creadas por el decreto presidencial 1650 del 9 de octubre de 2017, en las cuales el Gobierno Nacional seleccionó los 344 municipios más afectados por el conflicto en el país según criterios como los del Índice de Pobreza Multidimensional, mayor al 49 %, la condición de que la entidad territorial tuviese ingresos precarios (al ser evaluados por el Índice de Desempeño Fiscal obtienen resultado de deterioro, riesgo o vulnerable), 10 debilidad institucional y que el resultado para el Índice de Incidencia del Conflicto Armado se encuentre entre las categorías, medio, alto y muy alto para los últimos diez años; 11 además de encontrarse ubicados lejos de ciudades capitales, lo que garantiza un entorno rural y periférico (República de Colombia, 2017).

De los 98 municipios donde han ocurrido homicidios de excombatientes 78 han sido clasificados como parte de las Zomac. A su vez, estos 78 municipios concentran el 84,92 % de los casos totales, como se expone en la tabla 6.2.

Tabla 6.2 Homicidios de excombatientes farc y Zonas más Afectadas por el Conflicto Armado

Zomac Municipio Porcentaje respecto al total de municipios Homicidios Porcentaje respecto al total de homicidios
78 79,59 214 84,92
NO 20 20,41 38 15,08
Total 98 100 252 100

Fuente: elaboración propia.

Coincidencia que refleja como el conflicto armado colombiano ha sido territorializado en la periferia y los lugares de mayor vulnerabilidad social. Es evidente la circularidad de la violencia, o, como es más conocida, la violencia endémica en el país. El comparar las Zomac con la incidencia de casos de homicidios de excombatientes permite concluir que estas violaciones al dih se producen, en su gran mayoría, en zonas del país que cuentan con amplia debilidad estatal e institucional, todo esto aunado a una fuerte incidencia del conflicto, la pobreza y una precaria participación política.

Colombia es escenario de una violencia endémica, donde las zonas de mayor incidencia histórica del conflicto, a pesar del posacuerdo, no se ubican en el posconflicto. Para construir una institucionalidad fuerte, lograr una transformación integral de territorios periféricos y gestionar las razones estructurales del conflicto armado arraigadas a la tierra y la desigualdad se crean, en el Acuerdo Final, dieciséis Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) para 170 municipios (República de Colombia, 2017). Como es notorio en la tabla 6.3, los municipios priorizados para estos programas concentran el 66,33 % de los casos de homicidios de excombatientes, lo que cuestiona la efectividad de la priorización para ubicar los pdet, mientras que dieciocho municipios no elegidos para ser impactados por un pdet cuentan con el 23,02 % de los casos; en total, todos los municipios con casos de homicidios y que no son sujetos de un pdet (33 municipios) cuentan con el 28,97 % de los casos.

Tabla 6.3 Homicidios de excombatientes farc y Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial

PDET Municipio Porcentaje respecto al total de municipios Homicidios Porcentaje respecto al total de homicidios
65 66,33 179 71,03
NO 33 33,67 73 28,97
Total 98 100 252 100

Fuente: elaboración propia.

El conflicto afecta ciertas regiones y municipios inmersos en ciclos de violencia. Comprender la territorialidad de la violencia pasa por identificar zonas de prevalencia de casos de homicidios a excombatientes a partir de puntos de calor, que pueden verse en la figura 6.5. Una lectura meramente departamental/municipal del fenómeno no reconoce diferencias subregionales y la forma en que los municipios se pliegan en zonas rojas, más allá de los límites administrativos. Por esto se identifican regiones o zonas con problemáticas específicas que explican el contexto de los casos (figura 6.5). Existen seis grandes zonas y estas agrupan 237 casos de homicidios a excombatientes; es decir, el 92,94 % del universo total.

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Figura 6.5 Homicidios de excombatientes farc por zonas del conflicto

Fuente: elaboración propia.

Los patrones y las razones que determinan cada uno de los homicidios ocurridos en estas seis zonas varían. Sin embargo, la Fundación Ideas para la Paz (2019) destaca que los motivos que han llevado al homicidio de excombatientes están ligados a varios factores como la influencia territorial de organizaciones armadas al margen de la ley, su establecimiento en zonas foco de economías ilegales, la salida de los excombatientes de los perímetros de los Espacios Territoriales de Capacitación y Reincorporación, las acciones de retaliación de grupos armados ilegales por los actos realizados por las farc durante el conflicto, la presión de las disidencias y los gao para reclutar a los excombatientes y la precaria presencia estatal en los territorios donde se concentran los excombatientes. Al margen de los rasgos que caracterizan la reincidencia del conflicto y su relación con las acciones de grupos armados ilegales en zonas de influencia de desmovilización, es evidente la pobre apuesta estatal para romper la circularidad de la violencia con oferta institucional integral.

Los asesinatos selectivos de excombatientes son bajo modalidad de sicariato y ocurren en la residencia de la víctima, establecimientos comerciales y vías públicas y veredales, mayoritariamente. Hay denuncias de casos que tienen como motivo la resistencia de los desmovilizados a ingresar a nuevos grupos armados, conflictos regionales con otros grupos armados y acciones motivadas como retaliaciones o venganza contra los miembros desmovilizados por sus acciones durante el conflicto.

Para cada zona se detalla la cantidad de municipios con casos de homicidios, el número de casos, los departamentos que agrupa, las regiones (donde se priorizó algún pdet) que están vinculadas, la cantidad de municipios Zomac que incluyen y qué grupos armados ilegales tienen influencia en esa región. Esto último es especialmente relevante, puesto que los actos contra excombatientes tienen “relación con la presencia creciente de grupos armados criminales y economías ilegales e informales en las zonas abandonadas por los exmiembros de las farc-ep donde el Estado no ha establecido una presencia y un control efectivo” (Misión de Verificación de la onu en Colombia, 2019, p. 9). La identificación de los actores armados se hace mediante las investigaciones realizadas por la Fundación Ideas para la Paz en su informe sobre “Conflictos Armados Focalizados” (2018) y Crisis Group, en su informe titulado “Los grupos armados de Colombia y su disputa por el botín de la paz” (2017).

Zona 1: Atrato-Urabá-Gran Darién

Esta zona es de especial relevancia, pues se encuentra en una región tradicionalmente azotada por el conflicto armado del país. Es notorio, en la figura 6.6, que tiene como epicentro el municipio de Ituango, que es, de hecho, uno de los municipios con mayores casos de homicidios de excombatientes de Colombia. Su vínculo con el Urabá la configura como un corredor estratégico de armas y drogas desde el Puerto de Urabá hacia el interior del país.

Como se evidencia en la tabla 6.4, esta región, además, cuenta con una alarmante cifra de 31 homicidios. Dicha zona está en el cerco de influencia de cuatro pdet que recogen a ocho de sus diez municipios. Sin embargo, resalta en esta área la presencia de grupos armados ilegales como el Clan del Golfo.

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Figura 6.6 Zona 1

Fuente: elaboración propia.


Tabla 6.4 Características Zona 1: Atrato-Urabá-Gran Darién

Municipios 10 (Carepa, Dabeiba, El Carmen del Darién, Ituango, Medio Atrato, Quibdó, Remedios, Riosucio, Tierra Alta y Urrao)
Casos de homicidios 31
Departamentos 3 (Antioquia, Chocó y Córdoba)
pdet Incluye zonas de influencia de cuatro pdet: 1. Chocó; 2. Urabá Antioqueño; 3. Sur de Córdoba y 4. Bajo Cauca y Nordeste Antioqueño
Municipios pdet 8
Municipios Zomac 10
Grupos armados ilegales Clan del Golfo

Fuente: elaboración propia.

Zona 2: Bajo Cauca-Magdalena Medio

Esta zona se pliega entre los departamentos de Antioquia y el sur de Bolívar, específicamente en las subregiones del Bajo Cauca y el Magdalena Medio. Allí, seis municipios reportan nueve casos de homicidios; si bien esta zona no cuenta con algún epicentro de los casos, sí está en el medio de una batalla por expandir la influencia de los Caparrabos, la Oficina del Valle de Aburrá, los Pacheli y los Libertadores del Nordeste Presente. Esta subregión es un corredor de armas y su cercanía con el Urabá y ciudades como Medellín la convierten en un epicentro del conflicto por las economías ilegales.

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Figura 6.7 Zona 2

Fuente: elaboración propia.

Tabla 6.5 Características Zona 2: Bajo Cauca-Magdalena Medio

Municipios 6 (Cáceres, Campamento, El Bagre, Montecristo, Remedios y Santa Rosa)
Casos de homicidios 9
Departamentos 2 (Antioquia y Bolívar)
pdet Incluye zonas de influencia de dos pdet: 1. Bajo Cauca y Nordeste Antioqueño y 2. Sur de Bolívar
Municipios pdet 4
Municipios Zomac 6
Grupos armados ilegales eln, los Caparrabos, la Oficina del Valle de Aburrá, los Pacheli y los Libertadores del Nordeste Presente

Zona 3: Santander-Catatumbo-frontera colombo Venezolana

Zona ubicada en la frontera colombo-venezolana y corredor para narcotráfico, tráfico de gasolina y cruce de migrantes. Resalta el accionar de grupos como el eln, que utiliza a Venezuela como retaguardia estratégica, y el epl. Ambos grupos se enfrentan entre sí y con el Estado, lo cual ha aumentado los indicadores de violencia. Como se evidencia en la tabla 6.6, esta región tiene 27 casos de homicidios en 11 municipios; empero, apenas 6 de ellos fueron priorizados como parte de alguno de los pdet, a pesar de que 9 están categorizados en las Zomac. En esta zona ocurrió la muerte de Dimar Torres, desmovilizado asesinado por soldados del Batallón de Operaciones Terrestres N.º 11 de la II División del Ejército; este homicidio, según los expertos de la onu, es clasificado como una ejecución extrajudicial (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, 2019).

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Figura 6.8 Zona 3

Fuente: elaboración propia.

Tabla 6.6 Características Zona 3:Santander-Catatumbo-frontera colombo-venezolana

Municipios 11 (Arauquita, Convención, Cravo Norte, Cúcuta, El Tarra, Nuchía, Rionegro, Sardinata, Tame, Teorama y Tibú)
Casos de homicidios 27
Departamentos 4 (Arauca, Casanare, Santander y Norte de Santander)
pdet Incluye zonas de influencia de dos pdet: 1. Catatumbo y 2. Arauca
Municipios pdet 6
Municipios Zomac 9
Grupos armados ilegales eln y epl

Fuente: elaboración propia.

Zona 4: Pacífico-Cauca-Huila-Tolima

Históricamente, el Pacífico, por ser por definición un corredor estratégico para el movimiento de armas y el tráfico de drogas, ha sido una de las regiones más convulsionadas del país. Recientemente, el eln ha expandido su presencia en esta región durante el posacuerdo con las farc, copando los municipios que este último abandonó al dejar las armas. Esta región concentra 79 homicidios, siendo la zona con mayor número de casos. Para esta se reitera la tendencia donde de 32 municipios con al menos un caso de homicidio apenas 21 fueron priorizados para ser parte de uno de los cinco pdet que tienen influencia en la Zona 4.

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Figura 6.9 Zona 4

Fuente: elaboración propia.

Tabla 6.7 Características Zona 4: Pacífico-Cauca-Huila-Tolima

Municipios 32 (Alcalá, Algecira, Aregelia, Buenaventura, Buenos Aires, Caldono, Cali, Caloto, Campoalegre, Chaparral, Corinto, El Cairo, El Charco, El Tambo, Florida, Guapi, Jamundí, Leiva, Litoral del San Juan, Medio San Juan, Miranda, Neiva, Patía, Piamonte, Pitalito, Planadas, Santa Bárbara, Santander de Quilichao, Suárez Suaza, Toribío y Tuluá)
Casos de homicidios 79
Departamentos 6 (Cauca, Chocó, Huila, Nario, Tolima y Valle del Cauca)
pdet Incluye zonas de influencia de cinco pdet: 1. Chocó, 2. Pacífico Medio, 3. Pacífico y Frontera Nariñense, 4. Norte del Cauca-Alto Patía y 5. Sur del Tolima
Municipios pdet 21
Municipios Zomac 24
Grupos armados ilegales eln

Fuente: elaboración propia.

Zona 5: frontera colombo-ecuatoriana-Pacífico Sur

Zona ubicada en la frontera colombo-ecuatoriana, lo que profundiza lógicas de tráfico internacional. Tiene la particularidad de tener dos epicentros del conflicto. Por un lado, el municipio de Tumaco en Nariño, y, por el otro, Puerto Asís en Putumayo. Ambos ubicados en zona fronteriza con el Ecuador, pero el primero siendo crucial, pues, además, es uno de los principales puertos del país en el Pacífico. La zona está delimitada en su perímetro correspondiente al departamento del Putumayo por el río Caquetá. Las disidencias del Frente 1 y 48 de las farc operan en esta zona y ejercen control sobre los corredores fluviales. En el departamento de Nariño tienen influencia grupos narcoparamilitares que se disputan el mercado de las rentas ilegales y las economías ilícitas. La Zona 5 reúne 43 casos de homicidios contra excombatientes y es fronteriza con Ecuador, donde ocurrieron otros 3 casos

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Figura 6.10 Zona 5

Fuente: elaboración propia.

Tabla 6.8 Características Zona 5: frontera colombo-ecuatoriana-Pacífico Sur

Municipios 11 (Barbacoas, Ipiales, Mocoa, Puerto Asís, Puerto Guzmán Puerto Leguízamo, Ricaurte, San Miguel, Santa Cruz (Guachavés), Tumaco y Valle del Guamuez)
Casos de homicidios 43
Departamentos 2 (Nariño y Putumayo)
pdet Zona de influencia de dos pdet: 1. Pacífico y Frontera Nariñense y 2. Putumayo
Municipios pdet 9
Municipios Zomac 11
Grupos armados ilegales Disidencias de las farc (Frente 1 y 48) y grupos narcopara-militares

Fuente: elaboración propia.

Zona 6: Meta-Caquetá-Guaviare

Zona con 18 municipios de tres departamentos y 48 casos de homicidios. Todos los municipios hacen parte de las Zomac y solo 12 están en el escenario de influencia de dos pdet. Además, como señala la Fiscalía General, en respuesta al derecho de petición, dos homicidios se cometieron en el Espacio Territorial de Capacitación y Reincorporación La Guajira de Mesetas, Meta, lugar que debería tener garantía del Estado para prevenir violaciones al Acuerdo Final y al dih. Sin embargo, en esta zona opera el Bloque Suroriental, el cual es una disidencia de las farc que busca articular en la Orinoquía y la Amazonía distintas estructuras disidentes.

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Figura 6.11 Zona 6

Fuente: elaboración propia.

Tabla 6.9 Características Zona 6: Meta-Caquetá-Guaviare

Municipios 18 (Albania, Belén de los Andaquíes, Cartagena del Chairá, Curillo, El Paujil, Florencia, La Macarena, La Montañita, Mesetas, Puerto Concordia, Puerto Rico C, Puerto Rico M, San José de Fragua, San José del Guaviare, San Juan de Arama, San Vicente del Caguán, Solano y Uribe)
Casos de homicidios 48
Departamentos 3 (Caquetá, Meta y Putumayo)
pdet Incluye zonas de influencia de dos pdet: 1. Cuenca del Caguán y Piedemonte Caqueteño y 2. Macarena Guaviare
Municipios pdet 12
Municipios Zomac 18
Grupos armados ilegales Disidencias de las farc (Bloque Suroriental; Frente Primero)

Fuente: elaboración propia.

El Centro de Recursos para el Análisis del Conflicto (2013) evalúa los efectos del conflicto entre 2000 y 2012 en los municipios del país según categorías de presencia de grupos armados e intensidad de eventos relacionados con el conflicto armado. Es notorio que las seis zonas enfatizadas en este artículo son, a su vez, lugar de los municipios fuertemente afectados y con presencia persistente de grupos armados entre el 2000 y el 2012. Este fenómeno permite reiterar la circularidad de la violencia. Es decir, los municipios que entre el 2000 y el 2012 fueron el epicentro del conflicto son, posterior a ello, declarados parte de las zonas más afectadas por el conflicto armado y, a su vez, el epicentro del homicidio de excombatientes en el posacuerdo entre el Estado colombiano y las farc.

En respuesta al derecho de petición, la Unidad de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación ha conocido 207 casos de excombatientes asesinados entre la firma del Acuerdo Final y el mes de agosto de 2020. De estos ha esclarecido el 48,30 %, es decir, 100 casos de los 207 que reportan. Es alarmante que, según la Fiscalía, cinco contaban con denuncias por amenazas previas al homicidio. De los 100 casos el 77 % corresponden al accionar de una organización criminal como los Grupos Armados Organizados Residuales, el Clan del Golfo, el eln, el epl, los Caparros y lo que se ha denominado Organizaciones Criminales Tipo C y Tipo B. Adicional, es preciso mencionar que de esos 100 casos 2 están en preclusión, 44 en indagación con orden de captura, 17 en investigación, 16 en juicio oral y 21 con sentencia. De forma que, de 207 casos que tiene conocimiento la Fiscalía apenas ha logrado que se emita sentencia para el 10,14 % (Fiscalía General de la Nación, 2020).

Conclusiones

El Derecho Internacional Humanitario es un instrumento para proteger la vida y reducir el daño. Los combatientes que deponen las armas constituyen personas protegidas tanto para el dih como para el ordenamiento interno colombiano. En el presente texto se demostró la sistematicidad de la violencia, una estructura circular donde aquellos territorios históricamente golpeados por el conflicto, con mayores indicadores de violencia, son también zonas empobrecidas y que concentran el mayor número de excombatientes asesinados en el posacuerdo.

Impera intensificar los Planes de Desarrollo con Enfoque Territorial como instrumento de planeación y gestión en territorios periféricos en el marco de la Reforma Rural Integral y la necesaria consolidación institucional, estas políticas estatales deben ser territorializadas en las Zonas más Afectadas por el Conflicto para gestionar las razones estructurales detrás del conflicto. Es justo revisar las políticas de gobierno sobre la protección de la vida de excombatientes que han realizado su reinserción a la vida civil, crear una política que a corto plazo desmonte estructuras ilegales que asedian a excombatientes, asunto pactado en el Acuerdo Final, así como la revisión de esquemas de seguridad y alertas tempranas.

Con el objetivo de controlar las economías ilegales de los territorios abandonados por las farc, los Grupos Armados Organizados han desplegado dinámicas de violencia, aumentando el conflicto directo entre estos y los riesgos de victimización de la población (Defensoría del Pueblo, 2018). Se han reproducido y expandido las Autodefensas Gaitanistas de Colombia en distintos territorios, existe una avanzada del eln por cooptar regiones que han abandonado las farc, el Clan del Golfo se ha apoderado de amplias economías ilegales, el conflicto entre el eln y el epl azota el Catatumbo y las disidencias de las farc se han fortalecido y empiezan a articularse entre sí. Esta reconfiguración de las lógicas del poder que ha generado brotes de violencia localizados en distintas subregiones y que ha llevado a que se encuentren epicentros de los asesinatos de excombatientes en distintas zonas del país es un llamado de atención al Estado colombiano en tanto grave violación del Derecho Internacional Humanitario.

Notas

1 La Corte, además, ha definido el dih como “la codificación del núcleo inderogable de normas mínimas de humanidad que rigen en los conflictos armados y que como tales constituyen un valioso instrumento jurídico para lograr la efectividad plena del principio de la dignidad humana aún en las más difíciles y hostiles circunstancias, y sus disposiciones se aplican independientemente de si los países se han comprometido o no jurídicamente en la adopción de tales disposiciones, por tratarse de prácticas consuetudinarias de carácter imperativo que responden a presupuestos éticos mínimos y exigibles a todas las partes del conflicto, se trate de un conflicto nacional o internacional” (República de Colombia, 2009).

2 Congreso de la República de Colombia, Ley 418 de 1997 y Congreso de la República de Colombia, Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas.

3 “La seriedad de los ataques y el hecho de que haya habido un incremento de confrontaciones armadas; la extensión de enfrentamientos por el territorio y a lo largo de un período de tiempo; cualquier aumento en el número de tropas gubernamentales y la distribución de armas entre ambas partes al conflicto […] el número de civiles obligados a huir de zonas de combate; el tipo de armas utilizadas, en particular el uso de armas pesadas, u otro equipamiento militar, como tanques o vehículos pesados; el bloqueo y asedio de ciudades, así como el bombardeo de dichas ciudades; la magnitud de la destrucción y el número de víctimas provocados por bombardeos o enfrentamientos […] la ocupación de territorios, ciudades o pueblos […] el cierre de carreteras, la existencia de órdenes o acuerdos de cese al fuego” (tpiy, 2008a, p. 177).

4 “La existencia de reglas y mecanismos disciplinarios en el seno del grupo; la existencia de campamentos; el hecho de que el grupo controle cierto territorio; la capacidad del grupo de acceder a armas, otro equipamiento militar, reclutar y entrenamiento militar; su capacidad para planificar, coordinar y llevar a cabo operaciones militares, incluidos movimientos de tropas y logísticos; su capacidad para definir una estrategia militar unificada y usar tácticas militares; y su capacidad para hablar con una misma voz y negociar y concluir acuerdos, tales como ceses al fuego o acuerdos de paz” (tpiy, 2008b, p. 60)

5 Se ha argumentado que en Colombia no opera el dih, ya que no existe un conflicto armado interno, porque se considera que el objetivo o fin de la guerra de algunos grupos es el narcotráfico. El cicr (2016) determina que la existencia (o no) de un fin político, económico, religioso o étnico como fundamento del accionar de un grupo armado no es condición para el reconocimiento del conflicto más allá de los criterios de organización e intensidad.

6 Tanto el Protocolo Adicional I, en sus artículos 48, 51 y 52, como el Protocolo Adicional II, en el párrafo 2 del artículo 13, prohíben que los civiles sean objeto de ataques y obliga a que las partes en conflicto en todo momento distingan entre civiles y combatientes. Estos protocolos garantizan el principio de inmunidad mediante la salvaguardia del enemigo fuera de combate y la distinción de los combatientes que han depuesto las armas.

7 La Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas afirma que “unas declaraciones formuladas públicamente por las que se manifieste la voluntad de obligarse podrán surtir el efecto de crear obligaciones jurídicas. Cuando se dan las condiciones para que eso ocurra, el carácter obligatorio de tales declaraciones se funda en la buena fe” (Comisión de Derecho Internacional, 2010, p. 2).

8 La doctrina jurídica aún no produce consenso sobre el tipo de obligación generada al Estado, puesto que no hay convenio sobre si la totalidad del acuerdo se considera especial o solo las partes que derivan obligaciones en materia de dih. Empero, es claro que el acuerdo aborda elementos del derecho doméstico y del derecho internacional, y que, en cualquier caso, la protección de los excombatientes está regulada por las disposiciones del derecho de la guerra y genera obligaciones al Estado colombiano.

9 Como explica la Fundación Ideas para la Paz (2019) “En las elecciones a cuerpos colegiados de 1986, la up obtuvo más de 329.000 votos, la mayor votación lograda en la historia por la izquierda colombiana en ese momento. Para las siguientes elecciones, en 1988, la up ya había perdido al menos 550 militantes por cuenta de masacres, asesinatos y desapariciones forzadas, entre ellos a su candidato presidencial, Jaime Pardo Leal, además de dos senadores, dos representantes, cinco diputados y 45 afiliados, entre alcaldes y concejales. En dos décadas de ejercicio político, más de tres mil de sus militantes fueron asesinados” (p. 20).

10 Las categorías del Índice de Desempeño Fiscal son deterioro, riesgo, vulnerable, sostenible y solvente.

11 Las categorías del Índice de Incidencia del Conflicto Armado son bajo, medio bajo, medio, alto y muy alto.

 

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